STSJ Cantabria 283/2014, 4 de Julio de 2014

PonenteRAFAEL LOSADA ARMADA
ECLIES:TSJCANT:2014:708
Número de Recurso182/2014
ProcedimientoCUESTIóN DE ILEGALIDAD
Número de Resolución283/2014
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A nº 000283/2014

Iltmo. Sr. Presidente:

Don Rafael Losada Armadá

Iltmos. Sres. Magistrados:

Doña Clara Penín Alegre

Don Juan Piqueras Valls

------------------------------------ En la ciudad de Santander, a cuatro de julio de dos mil catorce.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto la cuestión de ilegalidad número182/2014 formulada por TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA SAU representada por la procuradora doña María Aguilera Pérez y asistida por el letrado don Antonio Puentes Moreno contra AYUNTAMIENTO DE CAMARGO representado por la procuradora doña Eva Plaza López, bajo la dirección jurídica del letrado don José Luis Fernández Garrido.

La cuantía del recurso es indeterminada.

Es ponente el presidente don Rafael Losada Armadá, quien expresa el parecer de la sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso contencioso administrativo se interpuso el día 23 de marzo de 2011 ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Santander contra la liquidaciones de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general correspondientes al segundo y tercer trimestre de 2010.

SEGUNDO

El 2 de septiembre de 2013 fue dictada sentencia estimatoria que anula las liquidaciones de la tasa impugnada por no ser conforme a derecho fundado en la invalidez de la ordenanza fiscal del ayuntamiento.

TERCERO

Por auto de 26 de marzo de 2014 se plantea la cuestión de ilegalidad de los arts. 2.2 y 3,

3.2 y art. 5 de la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Camargo reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general.

CUARTO

Emplazadas las partes para formular alegaciones a la cuestión de ilegalidad, la representación del ayuntamiento presentó escrito de 2 de abril de 2014, así como la mercantil demandante que lo hizo el 22 de abril de 2014.

QUINTO

Se señala fecha para votación y fallo el día 11 de junio de 2014 en que se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El auto de 26 de marzo de 2014 dispone el planteamiento de la cuestión de ilegalidad prevista en el art. 27.1 LJCA respecto de la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Camargo reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general.

SEGUNDO

Una de las principales novedades de la Ley 29/1998, de 13 de julio es la introducción de la cuestión de ilegalidad en el art. 27 con la finalidad de alcanzar seguridad jurídica y evitar situaciones indeseables, ante la posibilidad de dispensar un trato manifiestamente desigual a situaciones fácticas y jurídicas sustancialmente análogas, como consecuencia de la eventualidad de impugnaciones indirectas sobre disposiciones reglamentarias y la posible contradicción de los actos de aplicación de las mismas, en función del órgano judicial...

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