SAP Tarragona 195/2014, 26 de Mayo de 2014
Ponente | MANUEL DIAZ MUYOR |
ECLI | ES:APT:2014:665 |
Número de Recurso | 273/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 195/2014 |
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
TARRAGONA
SECCION PRIMERA
ROLLO NUM. 273/2013
ORDINARIO NUM. 20/2012
EL VENDRELL NUM. 4
S E N T E N C I A NUM. 195/14
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE
D. Antonio Carril Pan
MAGISTRADOS
Dª Mª Pilar Aguilar Vallino
D. Manuel Díaz Muyor
En Tarragona, a 26 de mayo de 2014.
VISTOS, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 20/2012, procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de El Vendrell, Rollo de Apelación nº 273/2013, entre partes, como apelante y actora Dª Antonieta, representada por el Procurador Sr. Garrido Mata y bajo la dirección del Letrado Sr. García Val, como apelada y demandada, la herencia yacente de D. Adrian, administrada por Dª Irene, representada por la Procuradora Sra. Carrera Portusach, y bajo dirección letrada.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Cuatro de El Vendrell se dictó sentencia en los autos referidos con fecha 8 de marzo de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo DESESTIMAR y DESESTIMO, la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Dolors Lou Caballé, en nombre y representación de Antonieta, ABSOLVIENDO, con todos los pronunciamientos favorables a Irene, por falta de legitimación pasiva, CONDENANDO a las costas procesales a Antonieta ".
Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte actora, y previos los traslados ordenados en el art. 461 de la L.E.C ., se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Recurre la parte actora la desestimación de la demanda que acuerda la sentencia dictada en primera instancia, y que por lo que concierne al presente caso deben destacarse como aspectos mas relevantes los siguientes: La actora estuvo casada con el Sr. Adrian, del que se separó de mutuo acuerdo en virtud de sentencia de fecha 28 de mayo de 2002 dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de El Vendrell, homologándose un convenio donde a la actora se le reconoció una compensación económica por un importe de 9.000.000'-ptas, en la actualidad 54.091,09 Euros, que el Sr. Adrian debía abonar a la parte demandante en el plazo máximo de un año, a contar desde la fecha de la firma del convenio, es decir, el día 13 de noviembre de 2002.
El Sr. Adrian falleció en Tarragona el día 11 de mayo de 2008 sin haber otorgado testamento y sin haber abonado la referida compensación a la Sra. Antonieta . Ante esta situación la actora procedió a negociar con la hermana del Sr. Adrian, Sra. Irene, sobre la situación hereditaria que se produjo, siendo finalmente repudiada la herencia por parte de la citada Sra. Irene, como así lo pone de manifiesto el Auto de fecha 8 de noviembre de 2008 que así lo declaró.
Ante esta situación, ignorando los herederos del Sr. Adrian, la demanda se interpone contra la herencia yacente del mismo siendo emplazada la misma en la Sra. Irene, como administradora de la misma, que contestó negando ser administradora...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba