SAP Orense 329/2014, 31 de Julio de 2014
Ponente | ANGELA IRENE DOMINGUEZ-VIGUERA FERNANDEZ |
ECLI | ES:APOU:2014:640 |
Número de Recurso | 136/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 329/2014 |
Fecha de Resolución | 31 de Julio de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Orense, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
OURENSE
APELACIÓN CIVIL
La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por la Señora, D.ª Ángela Domínguez Viguera Fernández, Magistrada, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la siguiente
SENTENCIA: 00329/2014
En la ciudad de Ourense a treinta y uno de julio de dos mil catorce.
VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado de Primera Instancia Uno de Ourense, seguidos con el n.º 181/2012, Rollo de Apelación núm. 136/2013, entre partes, como apelante, D. Santos, y, como apelado, la Dirección General de los Registros y del Notariado, representado por el Abogado del Estado.
Por el Juzgado de Primera Instancia Uno de Ourense, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 16 de julio de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Se desestima el recurso interpuesto por don Santos contra la resolución de la Dirección de los Registros y del Notariado de fecha 11 de octubre de 2011. No se hace expresa imposición de costas. ".
Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por Santos recurso de apelación en ambos efectos al que se opuso la representación de LA Dirección General de los Registros y del Notariado, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.
En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
Se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia apelada,
La presunción de veracidad y exactitud de lo inscrito, principio de fe pública registral, en un sistema de folio real, impone al Registrador de la Propiedad una calificación, bajo su responsabilidad, de los títulos y documentos sobre los que se pretende la inscripción ( art. 18 LH ). Los requisitos que deben reunir los asientos registrales se determinan en el art. 9 LH y 51 de su Reglamento que deban resultar de los títulos inscribibles como son la expresión de su situación, linderos y medida superficial de las fincas a que se refiere, persona de quien proceden inmediatamente, el título que se inscriba y demás circunstancias que dichos preceptos mencionan, que permitan una completa...
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