SAP Orense 218/2014, 27 de Mayo de 2014

PonenteAMPARO LOMO DEL OLMO
ECLIES:APOU:2014:445
Número de Recurso427/2014
ProcedimientoAPELACIóN JUICIO RáPIDO
Número de Resolución218/2014
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

OURENSE

SENTENCIA: 00218/2014

PZA. CONCEPCION ARENAL, 1

Teléfono: 988687072/988687068

213100

N.I.G.: 32054 43 2 2014 0001738

APELACION JUICIO RAPIDO 0000427 /2014 (0)

Delito/falta: CONDUCCIÓN SIN LICENCIA O PERMISO (L.O. 15/2007)

Juzgado de Procedencia : Penal 1 de Ourense

Procedimiento de origen : J. Rápido 83/2014

Recurrente: Cesar

Procurador/a: D/Dª EVA ALVAREZ COSCOLIN

Abogado/a: D/Dª ALBERTO BLANCO GARCIA

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

SENTENCIA Nº218/2014 ---------------------------------------------------------------------------------------------------- -----ILMOS/AS. SRES/SRA.:

Presidenta:

DÑA. ANA MARÍA DEL CARMEN BLANCO ARCE.

Magistrados/as:

DON MANUEL CID MANZANO.

DÑA. AMPARO LOMO DEL OLMO.

OURENSE a VEINTISIETE de MAYO de DOS MIL CATORCE.

Vistos, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de OURENSE, sin celebración de vista pública, el Rollo de apelación número 427/2014, relativo al recurso de apelación interpuesto por Cesar representado por la Procuradora DÑA. EVA ÁLVAREZ COSCOLÍN, defendido por el letrado D. ALBERTO BLANCO GARCÍA contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número Uno de Ourense, en el J. Rápido núm. 83/2014, sobre conducción sin licencia o permiso ; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente, como parte recurrida EL MINISTERIO FISCAL en la representación que le es propia, actuando como Ponente la Magistrada Ilma. Sra . Dña. AMPARO LOMO DEL OLMO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el acto del juicio oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 26 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO : Que debo condenar y condeno Cesar como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad vial por conducción sin carnet de conducir, concurre la circunstancia agravante de reincidencia, a la pena de:

- Seis meses de prisión.

- Inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

- Así como al pago de las costas procesales".

Y los siguientes HECHOS PROBADOS:

Se declaran probados los siguientes hechos:

ÚNICO .- Ha quedado probado y así se declara que el acusado, Cesar, mayor de edad y con antecedentes penales al haber sido condenado entre otras causas por sentencia firme de fecha de 10 de octubre de 2013, por el juzgado de instrucción núm. 3 de Ourense, en fecha de 14 de febrero de 2014, conducía un vehículo con matrícula AO-....-I, por la Avenida de Pardo de Cela de la ciudad de Ourense, los agentes de la guarda civil NUM000 y NUM001, que realizaban un servicio de vigilancia de posibles delitos contra la seguridad vial, observaron como el acusado conducía el vehículo. Los agentes comprobaron que el acusado nunca había obtenido el carnet de conducir".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Cesar que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al M. Fiscal, lo impugna e interesa la confirmación de la sentencia recurrida.

CUARTO

Por el Juzgado de lo Penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se formó el Rollo de apelación de su clase nº427/2014 para resolución del recurso interpuesto.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada por la Ilma. Magistrada del Juzgado de lo Penal nº 1 de Orense, por la que se condena al acusado, Cesar, como autor responsable de un delito contra la seguridad vial del artículo 384.2 del Código Penal, se formula por su representación procesal recurso de apelación, interesando la revocación de la misma.

Invoca el recurrente como motivo de apelación la vulneración del principio de presunción de inocencia, por...

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