STSJ Galicia 775/2014, 28 de Mayo de 2014

PonenteFRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
ECLIES:TSJGAL:2014:3170
Número de Recurso7022/2014
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución775/2014
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00775/2014

PONENTE: D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA

RECURSO: RECURSO DE APELACION 7022/2014

APELANTE: Germán

APELADO: CONCELLO DE ARZUA (A CORUÑA)

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la

SENTENCIA

ILMOS. SRS. D.

IGNACIO ARANGUREN PEREZ

JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA

A Coruña, veintiocho de mayo de dos mil catorce.

En el RECURSO DE APELACION 7022/2014, pendiente de resolución ante esta Sala, interpuesto por Germán representado por el PROCURADOR D. LUIS SANCHEZ GONZALEZ y dirigido por el LETRADO

D. CARLOS ABAL LOURIDO, contra Sentencia de fecha 29-11-13, que declara la inadmisibilidad del recurso, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo num. 2 de A Coruña, en el PO 237/2012, sobre responsabilidad patrimonial por daños y perjuicios consecuencia de paralización de construcción. Es parte apelada CONCELLO DE ARZUA (A CORUÑA), representada por el PROCURADOR Dª. IRIA MARIA FERNANDEZ BARREIRO y dirigido por el LETRADO D. JOSE RICARDO PARDO GATO.

Es Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Se dictó, por el Juzgado de instancia, la resolución referenciada anteriormente, cuya parte dispositiva dice: "Declarando la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. Luis Sanchez González en representación de D. Germán frente a desestimación por silencio del Concello de Arzúa a reclamación a título de responsabilidad patrimonial accionada por la actora en data de 27 de febrero de 2012, frente a la Propuesta de Resolución dictada por el Alcalde del Concello de Arzúa en fecha 31-10-2012 y frente al Decreto de 21-12-2012 dictado por la Alcaldía del Concello de Arzúa por los daños y perjuicios causados por la paralización y orden de demolición parcial de las obras de un edificio en la RUA000 esquina con el Camiño de DIRECCION000 en Arzúa, con expresa condena en costas al demandante".

SEGUNDO

Notificada la misma, se interpuso recurso de apelación que fue tramitado en forma, con el resultado que obra en el procedimiento, habiéndose acordado dar traslado de las actuaciones al ponente para resolver por el turno que corresponda.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

Que insiste D. Germán en que el Concello de Arzúa ha de indemnizarle en 147.173,83 euros por los daños y perjuicios derivados de la paralización y orden de demolición parcial de las obras del edificio que promovió en la RUA000, esquina DIRECCION000 ; pretensión inadmitida en la sentencia que apela por concurrencia de la excepción de cosa juzgada.

SEGUNDO

que en la demanda del procedimiento num 196/2005, de Coruña 2, D. Germán, solicitaba además de la nulidad del Decreto que acordaba la demolición parcial, la indemnización de daños y perjuicios causados por la...

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