STSJ Canarias 41/2014, 24 de Abril de 2014

PonenteJAIME GUILARTE MARTIN-CALERO
ECLIES:TSJICAN:2014:997
Número de Recurso147/2013
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución41/2014
Fecha de Resolución24 de Abril de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. Juan Ignacio Moreno Luque Casariego

MAGISTRADOS

Doña Pilar Alonso Sotorrío

D. Jaime Guilarte Martín Calero

===============================

En Santa Cruz de Tenerife, a 24 de abril de 2014.

Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, el presente recurso número 147/13 seguido a instancia del demandante la Consignataria Herrera y Cia S.A., en su representación y defensa la Procuradora Doña Begoña Aranzazu Pintado González; como Administración demandada la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife defendida por la Abogada del Estado, sobre dominio público; ponente don Jaime Guilarte Martín Calero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En ejecución de sentencia que anula el acuerdo extintivo de la concesión otorgada a la entidad Consignataria Herrera y Cia S.A. por resolución de fecha 20 de febrero de 1998 para la instalación de una base de contenedores privada en el muelle de El Bufadero del puerto de Santa Cruz de Tenerife, sobre una superficie de 35.000 metros cuadrados, la Autoridad Portuaria requirió a la Consignataria la devolución del precio abonado y declaró la caducidad de la concesión administrativa. Interpuesto recurso potestativo de reposición fue desestimado por acuerdo de 26 de junio de 2013.

SEGUNDO

La representación del actor interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda basada en que la incoación de un expediente de caducidad de una concesión no rehabilitada por el único órgano con capacidad para hacerlo, así como la adopción de un acuerdo por el que se requiere a mi representada el importe percibido en concepto de justiprecio, sin el simultáneo cumplimiento de la obligación de restituir la inicial concesión a mi poderdante, implica una clara y grave contravención de la legalidad vigente y del procedimiento legalmente establecido que vicia de nulidad el expediente administrativo abierto por la Autoridad Portuaria para la pretendida ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo por lo que insta un sentencia "declarando nulo y contrario a Derecho el expediente administrativo abierto por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife y, en especial, las resoluciones emitidas por el consejo de administración de esa Autoridad Portuaria el día 10 de diciembre de 2012; el día 18 de diciembre de 2012; el día 27 de febrero de 2013 y el día 26 de junio de 2013, en el marco del expediente de ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el día 19 de diciembre de 2011".

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia por la que se desestimase el recurso interpuesto, por ajustarse a Derecho el acto administrativo recurrido.

CUARTO

Recibido el juicio a prueba se practicaron las pruebas. Seguidamente fueron realizadas las conclusiones por escrito.

QUINTO

Señalado día y hora para votación y fallo, ha tenido lugar la reunión del Tribunal en el designado al efecto.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

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