STSJ Comunidad Valenciana 1889/2014, 23 de Mayo de 2014

PonenteMANUEL JOSE BAEZA DIAZ-PORTALES
ECLIES:TSJCV:2014:4090
Número de Recurso743/2011
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1889/2014
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

En la ciudad de Valencia a veintitrés de mayo de dos mil catorce

La Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. LUIS MANGLANO SADA, Presidente, D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES y D. AGUSTÍN GÓMEZ MORENO MORA, Magistrados, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA Nº 1889

en el recurso contencioso administrativo nº 743//2011 interpuesto por la GENERALITAT VALENCIAN, representada y asistida por el LETRADO DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS DE LA GENERALITAT VALENCIANA, contra la resolución adoptada con fecha 27.10.2010 por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana, parcialmente estimatoria de la reclamación en su día formulada por "JUSTO EMIBER, S.L." contra la liquidación (clave 12/2007/TZJ/10069/2) girada por los Servicios Territoriales de Castellón en concepto de Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.Habiendo sido parte demandada en los autos el TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE VALENCIA, representado y asistido por el ABOGADO DEL ESTADO. Y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó la demanda mediante escrito en el que solicitó que se dictase sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el art. 64 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, y cumplido dicho trámite quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 21 de mayo de 2014.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo frente a la resolución adoptada con fecha 27.10.2010 por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana, parcialmente estimatoria de la reclamación en su día formulada por "JUSTO EMIBER, S.L." contra la liquidación (clave 12/2007/TZJ/10069/2) girada por los Servicios Territoriales de Castellón n concepto de Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados y por importe de 2.975,45 #, dimanante del procedimiento de verificación de datos incoado en relación con el documento TP/EH1200/2007/1907, comprensivo de una escritura pública de compraventa por ejercicio anticipado del derecho de opción de compra inserto en un contrato de arrendamiento financiero inmobiliario.

Dicha liquidación se practicó para rectificar la base imponible y el tipo impositivo aplicado por "JUSTO EMIBER, S.L." en su autoliquidación, ello en atención a considerar la oficina gestora que la precitada operación es una mera compraventa de inmueble y existe en la escritura una renuncia a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR