STSJ Castilla y León 466/2014, 10 de Julio de 2014
Ponente | CARLOS JOSE COSME MARTINEZ TORAL |
ECLI | ES:TSJCL:2014:3049 |
Número de Recurso | 432/2014 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 466/2014 |
Fecha de Resolución | 10 de Julio de 2014 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.CASTILLA-LEON SALA SOCIAL 1
BURGOS
SENTENCIA: 00466/2014
RECURSO DE SUPLICACION Num.: 432/2014
Ponente Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral
Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez
SALA DE LO SOCIAL
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS
SENTENCIA Nº: 466/2014
Señores:
Ilma. Sra. Dª. María José Renedo Juárez
Presidenta
Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral
Magistrado
Ilmo. Sr. D. José Luis Rodríguez Greciano
Magistrado
En la ciudad de Burgos, a diez de Julio de dos mil catorce.
En el recurso de Suplicación número 432/2014 interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS) y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS), frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Número TRES de Burgos, en autos número 930/12, seguidos a instancia de D. Mauricio, contra MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO - IBERMUTUAMUR -, ESTAMPACIONES CASPLE S.A., e INSS y TGSS, en reclamación sobre Invalidez. Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Carlos Martínez Toral, que expresa el parecer de la Sala.
En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 18 de Diciembre de 2013, cuya parte dispositiva dice: Que estimando como estimo en su petición subsidiaria la demanda interpuesta por Don Mauricio contra INSS, TGSS, Mutua Ibermutuamur y Estampaciones Casple SA, debo declarar y declaro al actor en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de operario de prensas derivada de enfermedad común, con derecho a percibir una pensión mensual del 75 % de la base reguladora de 1.273,70 #/mes, con las mejoras y revalorizaciones a que hubiese lugar y fecha de efectos de
5.7.12, condenando a INSS y TGSS a estar y pasar por tal declaración, con absolución de Mutua Ibermutuamur y Estampaciones Casple SA.
En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: PRIMERO
.-El actor, Don Mauricio, nació el NUM000 .1952, esta afiliado al RGSS con el numero NUM001, siendo su profesión habitual la de operario de prensas, siendo sus funciones alimentar y retirar piezas metálicas para automoción cuyo peso oscila entre 1,5 y 0,5 kg, así como pasar la maquina de fregar suelos a toda la planta. El trabajador realiza estas funciones permaneciendo de pie tiempos prolongados. Permaneció de baja por IT derivada de accidente de trabajo del 10.5.11 al 31.8.11, en que fue dado de alta por curación, con diagnostico de cervicalgia. SEGUNDO .-Iniciado expediente de Invalidez Permanente se dictó Resolución por la Dirección Provincial del INSS con fecha 27.7.12 en virtud de dictamen del EVI de 5.7.12 denegando que el actor estuviera afecto de Invalidez en cualquiera de sus grados. Formulada reclamación previa con fecha 28.8.12, fue desestimada mediante resolución de fecha 13.11.12. TERCERO .-El actor padece actualmente las siguientes dolencias: importantes cambios degenerativos (artrosis) en columna vertebral, con morfología arrosariada del canal, así como disminución bilateral de los agujeros de conjunción en C5-C6 y de menor entidad en C6-C7, escoliosis en región dorsal, alteración transicional de la charnela lumbosacra con sacralización de L5 y protusiones discales a nivel cervical y lumbar, así como cambios degenerativos en articulaciones coxofemorales. Importante dolor referido a nivel de todo el raquis, que le provoca disminución de movilidad, principalmente en región cervical (aproximadamente 50%) y lumbar (50%). CUARTO .-La base reguladora de la prestación solicitada asciende a 1.273,70 #/mes por enfermedad común y 1.884,77 #/mes por accidente de trabajo. QUINTO .-Con fecha 26.10.12 se presento demanda, que fue turnada a este Juzgado.
Contra dicha sentencia, interpuso recurso de Suplicación Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, siendo impugnado por IBERMUTUAMUR, y D. Mauricio . Elevados los autos a este Tribunal y comunicada a las partes la designación del Ponente, le fueron, a éste, pasados los autos para su examen y resolución por la Sala
.
En la resolución del presente recurso se han observado, en sustancia, las prescripciones legales vigentes.
Frente a la sentencia de instancia, que ha declarado al actor afecto a una IPT derivada de enfermedad común, se recurre en Suplicación por la representación del INSS-TGSS, con un único motivo de recurso, con amparo en el Art. 193 a) LRJS, denunciando una posible incongruencia en la sentencia de instancia, en relación con el Art. 218.1 LEC, por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba