SAP Ciudad Real 68/2000, 1 de Marzo de 2000

PonenteCARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO
ECLIES:APCR:2000:372
Número de Recurso297/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución68/2000
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª

SENTENCIA nº. 68/2.000

En CIUDAD REAL a uno de Marzo de dos mil.

Vistos, ante la Sala Segunda de lo Civil de esta Audiencia Provincial, en apelación admitida a la parte demandante, en los autos de Derecho al Honor, contra la Sentencia, seguidos en el Juzgado arriba indicado, a instancia de D. Esteban , como apelante, representado/a en esta a alzada por el/la Procurador D María Avila Jurado, y dirigido/a por el Letrado/a D. Jose-Luis a Sánchez Fernández contra D María Milagros

, "Publicaciones de Ciudad-Real, S.A. (PUBLICISA) e Iltmo. Sr. Fiscal, como apelados, representado/a en esta alzada por el/la Procurador Dª. María-Luisa Ruiz Villa, y dirigido/a por el Letrado/a D. Jose-Luis Trujillo Ruiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez de Primera Instancia número uno de Ciudad-Real, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así: "Que desestimando a la demanda formulada por la Procuradora Dª María Avila Jurado, en nombre y representación de D. Esteban , contra Dª. María Milagros y la entidad mercantil PUBLICACIONES DE CIUDAD REAL, S.A. (PUBLICISA), DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a los citados demandados de los pedimentos formulados respecto de los mismos en el suplico de dicha demanda, con expresa imposición de costas"..

SEGUNDO

La relacionada sentencia que lleva fecha 8 de Julio de 1.999 , se recurrió por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma, las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señalódía para la vista de alzada, que tuvo lugar el VEINTIDOS DE FEBRERO DE 2. 000 A LAS 10,15 HORAS DE SU MAÑANA, con asistencia de los Letrados y Procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivos intereses.

TERCERO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones y requisitos legales.

VISTO siendo Ponente la Iltma. Sra. CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Ante la sentencia dictada en la primera instancia, por la representación del actor, se interpone recurso de apelación, alegando que en las publicaciones de los días 14 y 15 de Enero de 1. 999, el diario La Tribuna de Ciudad- Real, incurrió en una intromisión ilegítima del derecho al honor del actor, al reseñar en la noticia su nombre de pila, junto con las iniciales de sus apellidos, edad y residencia, añadiendo su puesto en libertad con cargos, y reseñándose la existencia de antecedentes penales, datos todos estos que supusieron un desmerecimiento en la consideración ajena, al ser relacionado con una banda u organización dedicada al tráfico de drogas, solicitando por todo ello, la revocación de la sentencia.

Por la representación de la parte demandada, así como por el M. Fiscal, se solicitó la confirmación de la sentencia dictada.

SEGUNDO

Esta Sala asume en su integridad la numerosa jurisprudencia que la sentencia de instancia, expone y estudia en su aplicación al concreto caso, y solo a mayor abundamiento, y a modo de resumen de la doctrina jurisprudencial sobre la materia, cabria resaltar la sentencia del T.S. 5-7-99 "en el tema de la colisión entre los derechos fundamentales de libertad de información y de protección al honor, ambos de proclamación constitucional en los artes. 18-1 y 20-1 d)...

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