STSJ Cataluña 4731/2007, 26 de Junio de 2007

PonenteFRANCISCO JOSE BARBANCHO TOVILLAS
ECLIES:TSJCAT:2007:4143
Número de Recurso1287/2006
Número de Resolución4731/2007
Fecha de Resolución26 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 4731/2007

En el recurso de suplicación interpuesto por María frente a la Sentencia del Juzgado Social 28 Barcelona de fecha 28 de julio de 2005 dictada en el procedimiento Demandas nº 147/2005 y siendo recurrido/a -I. C.A.S.S.-Inst. Cat. d'Ass. i Serv. Soc.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. FRANCISCO JOSÉ BARBANCHO TOVILLAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Prestaciones no contributivas, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 28 de julio de 2005 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por María contra el INSTITUT CATALA D'ASSISTENCIA I SERVEIS SOCIALS sobre prestación no contributiva, debo absolver y absuelvo a la parte demandada, confirmando las resoluciones recurridas".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

" PRIMERO.- El día 4 de Febrero de 2.005, se notificó a María una Resolución del INSTITUTCATALA D'ASSISTENCIA I SERVEIS SOCIALS, de fecha de 26 de Enero de 2.005, por la cual se desestimó la Reclamación Previa planteada por ella contra la Resolución dictada el día 6 de Julio de 2004, mediante la cual se acordó reconocerle una Pensión de Invalidez no contributiva, para el período de 8 de

2.003 a 12 de 2.003.

La Resolución extinguió el derecho a la Pensión No Contributiva, afirmando que la unidad de convivencia familiar superaba el límite de acumulación de recursos.

SEGUNDO

La unidad de convivencia familiar está compuesta por la actora y por su marido:

Diego , quien ha sido perceptor, durante el año 2.004, del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, y ha percibido por dicho concepto y por su trabajo la cantidad total de 620,28 Euros brutos de importe íntegro mensual de su prestación, con una deducción de Seguridad Social de 32,10 Euros, con una Base Reguladora diaria de 34,46 Euros, por un período reconocido de 5 de Septiembre de 2.003 a 25 de Junio de 2.004, según certificación de la Directora de la Oficina de Treball de la Generalitat de Catalunya, de 15 de Diciembre de 2.003.

TERCERO

Según certificación de la Directora de la Oficina de Treball de la Generalitat de Catalunya, María , a 30 de Julio de 2.003, de acuerdo con los antecedentes que obran en poder del iNSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, no es, en la fecha de la certificación, ni ha sido, anteriormente, beneficiaria de prestaciones por desempleo.

CUARTO

Según certificación del Director Provincial del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, María , a 30 de Julio de 2.003, según la información existente en el Registro de prestaciones Sociales Públicas, no figura, en la fecha de la certificación, como titular de pensiones del sistema de la Seguridad Social, ni de otras pensiones públicas.

QUINTO

Según...

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