SAP Barcelona 418/2004, 22 de Junio de 2004

PonenteAMPARO RIERA FIOL
ECLIES:APB:2004:8277
Número de Recurso40/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución418/2004
Fecha de Resolución22 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

SENTENCIA N ú m. 418/04

Ilmos. Sres.

D. VICENTE CONCA PÉREZ

Dª. AMPARO RIERA FIOL

Dª. MIREIA RÍOS ENRICH

En la ciudad de Barcelona, a veintidós de junio de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio ejecutivo nº 400/1999, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vilanova i la Geltrú, a instancia de BANCA CATALANA S.A., contra D/Dª. Cristina , MUNTATGES ELECTRICS PJ, S.A. y Rosendo ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23 de julio de 2003, por el/la Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMAR INTEGRAMENTE LA DEMANDA EJECUTIVA interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Molas en nombre y representación de la entidad BANCA CATALANA S.A. contra los demandados "MUNTATGES ELECTRICS PJ S.A.", declarada en rebeldía, y DON Rosendo y DOÑA Cristina representados por la Procuradora de los Tribunales Sra. Grech, y mandar seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes de los demandados ejecutados, hacer trance y remate de los mismos, y con su producto hacer entero y cumplido pago al ejecutante de la suma de CUATRO MILLONES SETECIENTAS SETENTA Y UNA MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO (4.771.195) PESETAS, MAS LOS INTERESES DEVENGADOS CALCULADOS EN LA SUMA DE UN MILLON QUINIENTAS MIL PESETAS

(1.500.000) Y AL PAGO DE LAS COSTAS CAUSADAS, al pago de cuyas cantidades se condena expresamente a los demandados ejecutados."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandadamediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 15 de junio de 2004.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. AMPARO RIERA FIOL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Juez de la primera instancia rechaza la excepción de incompetencia de jurisdicción alegada por la parte ejecutada y manda seguir adelante la ejecución despachada con imposición de costas a los demandados ejecutados. Frente a la sentencia dictada se alzan los ejecutados Don Rosendo y Doña Cristina , y reiteran, ambos, dicha excepción rechazada, alegando en síntesis que no es posible aplicar las normas de la LEC de 2000, cuando el procedimiento se inicia en el año 1999, así como tampoco la Ley del Crédito al Consumo, que es también posterior al contrato litigioso y a la presentación de la demanda, ni el...

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