SAP Almería 291/2002, 28 de Octubre de 2002

PonenteMANUEL ESPINOSA LABELLA
ECLIES:APAL:2002:1452
Número de Recurso151/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución291/2002
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 2ª

SENTENCIA NUM. 291

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ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. BENITO GALVEZ ACOSTA

MAGISTRADOS

D. JOSE MARIA CONTRERAS APARICIO

D. MANUEL ESPINOSA LABELLA

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En la Ciudad de Almería a, veintiocho de octubre de dos mil dos.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, ha visto y oído en grado de apelación, rollo número 151/02 los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº Uno de Almería seguidos con el número 240/99 de Menor Cuantía sobre reclamación de cantidad entre partes, de una como apelante Allied Domecq España S.A. (Terry Distribuidora S.A.) representado por el Procurador Dª Mª Ángeles Arroyo Ramos y dirigida por el letrado Dª Elisa Gómez de Bonilla y, de otra como apelado D. Jose Ángel y Distribuidora de Bebidas Alboran SA. representada por el Procurador Dª Rosa Vicente Zapata y defendida por el Letrado D. Antonio Miras Marín.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº Uno de Almería en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 18 de junio de 2001 cuyo Fallo dispone: "Que con desestimación de la demanda interpuesta por la Procuradora Sr. Arroyo Ramos, en nombre y representación de TERRY DISTRIBUIDORA S.A. frente a DISTRIBUIDORA DE BEBIDAS ALBORAN, S.A. y frente a DON Jose Ángel , debo absolver y absuelvo a los citados demandados de los pedimentos formulados en su contra, con imposición de las costas causadas en la presente instancia a la parte actora. ".

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, previo emplazamiento de las partes en el término legal , donde se formó el rollo correspondiente, en el que oportunamente comparecieron las mismas, y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para la vista, la que tuvo lugar el 23 de octubre de 2002 a las 10.45 horas con asistencia de las representaciones de las partes comparecidas y sus Letrados, solicitando el de la primera la revocaciónde la sentencia impugnada y que se dicte otra de conformidad con el suplico de su demanda con imposición de costas a los demandados, y el Letrado de la parte apelada su íntegra confirmación, con expresa imposición de las costas de la alzada al recurrente, declarándose el recurso visto y concluso para sentencia.

CUARTO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

Y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL ESPINOSA LABELLA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la parte apelante en su escrito de recurso se alega la improcedencia de la desestimación de su pretensión de cobro de una serie de letras aceptadas por la sociedad demandada y avaladas por una persona física que también ha sido demandada en este proceso, fundamentando su recurso en dos órdenes de razonamientos, el primero referido a unos documentos que se intentaron aportar con el escrito de interposición del recurso que acreditarían la existencia de un reconocimiento de deuda previo por parte que la sociedad demandada y su de ofrecimiento para saldarlas mediante la emisión de unas letras de cambio. El segundo razonamiento viene referido a la necesidad de acreditar el pago por parte de la demandada de aquellos efectos, por lo que considera esencial que se lleve a cabo la prueba de libros de los comerciantes para así constatar la realidad de la deuda y de que ésta obedece a unas relaciones comerciales que constituyen el contrato subyacente, y no una fianza como se...

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