STSJ Castilla-La Mancha 1456/2006, 21 de Septiembre de 2006

PonenteMARIA DEL CARMEN PIQUERAS PIQUERAS
ECLIES:TSJCLM:2006:2271
Número de Recurso718/2005
Número de Resolución1456/2006
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2006
EmisorSala de lo Social

Resumen:

RECLAMACIÓN CANTIDAD

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL SECCION PRIMERA

ALBACETE

SENTENCIA: 01456/2006

"RECURSO SUPLICACION 0000718 /2005

Magistrado/a Ponente: Ilma. Sra. Dª. MARIA DEL CARMEN PIQUERAS PIQUERAS ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. PEDRO LIBRAN SAINZ DE BARANDA

D. JESUS RENTERO JOVER

D. FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

Dª. MARIA DEL CARMEN PIQUERAS PIQUERAS

En Albacete, a veintiuno de Septiembre de dos mil seis. Vistas las presentes actuaciones por la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Albacete, compuesta por los/las Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as anteriormente citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

- SENTENCIA Nº 1456 -en el RECURSO DE SUPLICACION número 718/2005, sobre RECLAMACION CANTIDAD, formalizado por la representación de la JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Albacete en los autos número 580/2004, siendo recurrido/s D. Miguel y OTROS; y en el que ha actuado como Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. MARIA DEL CARMEN PIQUERAS PIQUERAS, deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes, ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que con fecha 31 de Enero de 2.005 se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Socialnúmero 3 de Albacete en los autos número 580/2004 , cuya parte dispositiva establece:

Que estimando la demanda rectora de las presentes actuaciones, se reconoce el derecho de los actores a percibir la indemnización prevista en el art. 49.1.c) del ET por finalización de contrato condenando a la JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA - LA MANCHA. CONSEJERIA DE EDUCACIÓN a abonar a los actores las siguientes cantidades, que habrán de ser incrementadas en un 10 % anual en concepto de intereses de demora en el pago.

Raquel la cantidad de 515'97 €,

Alvaro la cantidad de 419'22 €,

Jose Luis la cantidad de 580'46 €,

Trinidad la cantidad de 362'23 €,

Marisol la cantidad de 515'97 €,

Eloy la cantidad de 503'10 €,

Erica la cantidad de 580'46 €,

Almudena la cantidad de 503'10 €,

Paloma la cantidad de 442'73 €,

Carlos José la cantidad de 580'46 €,

Emilio la cantidad de 503'10 €,

Margarita la cantidad de 580'46 €,

Diana la cantidad de 503'10 €,

María Inés la cantidad de 503'10 €,

Juan Pedro la cantidad de 161'24 €,

Gregorio la cantidad de 462'85 €,

Carmela la cantidad de 503'10 €,

Jesús María la cantidad de 342'11 €,

María Rosario la cantidad de 402'48 €,

Pilar la cantidad de 580'46 €,

Inés la cantidad de 503'10 €,

Javier la cantidad de 580'46 €,

Encarna , la cantidad de 503'10 €,

Miguel , la cantidad de 580'46 €,

Juan Ignacio la cantidad de 580'46 €,

Gerardo la cantidad de 503'10 €,

Jose Daniel la cantidad de 503'10 €,

Elsa la cantidad de 503'10 €,Clemente la cantidad de 386'97 €,

Aurora la cantidad de 580'46 €,

María Angeles la cantidad de 462'85 €,

Soledad la cantidad de 580'46 €,

Marina la cantidad de 503'10 €,

Julieta la cantidad de 503'10 €,

Esperanza la cantidad de 503'10 €,

Juan Alberto la cantidad de 503'10 €,

Constanza la cantidad de 580'46 €,

Ildefonso la cantidad de 580'46 €,

Beatriz la cantidad de 503'10 €,

Ángela la cantidad de 419'22 €,

María del Pilar la cantidad de 503'10 €,

Yolanda la cantidad de 503'10 €,

Ángel Jesús , la cantidad de 580'46 €,

Jesús la cantidad de 580'46 €,

Marí Luz la cantidad de 503'10 €,

Victoria la cantidad de 503'10 €,

Marí Trini la cantidad de 503'10 €,

Ana María la cantidad de 503'10 €,

Alicia la cantidad de 580'46 €,

Amanda la cantidad de 580'46 €,

Andrea la cantidad de 580'46 €,

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se establecen los siguientes Hechos Probados:

PRIMERO.- Los actores han venido desempeñando la actividad de profesores de religión por cuenta y orden de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha durante en curso escolar 2003/2004 mediante contrato de trabajo de duración determinada con inicio el 1 de septiembre de 2003 y finalización el 31 de agosto de 2004 por expiración del plazo establecido y con las siguientes circunstancias:

Raquel con contrato de 16 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Alvaro con contrato de 13 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Jose Luis con contrato de 18 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Trinidad con contrato de 18 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Marisol con contrato de 16 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria,Eloy con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria;

Erica con contrato de 18 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Almudena con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Paloma con contrato de 22 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Carlos José con contrato de 18 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Emilio con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Margarita con contrato de 18 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Diana con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; María Inés con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Juan Pedro con contrato de 5 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Gregorio con contrato de 23 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Carmela con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Jesús María con contrato de 17 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; María Rosario con contrato de 20 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Pilar con contrato de 18 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Inés con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Javier con contrato de 18 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Encarna , con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Miguel , con contrato de 18 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Juan Ignacio con contrato de 18 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Gerardo con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Jose Daniel con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Elsa con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Clemente con contrato de 12 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Aurora con contrato de 18 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; María Angeles con contrato de 23 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Soledad con contrato de 18 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Marina con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Julieta con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Esperanza con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Juan Alberto con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria;Constanza con contrato de 18 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Ildefonso con contrato de 18 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; Beatriz con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de educación primaria; Ángela con contrato de 13 horas lectivas en el ciclo de educación secundaria; María del Pilar con contrato de 25 horas lectivas en el ciclo de...

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