SAP Alicante 429/2000, 6 de Octubre de 2000

PonenteJULIO JOSE UBEDA DE LOS COBOS
ECLIES:APA:2000:4411
Número de Recurso251/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución429/2000
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª

SENTENCIA DE APELACIÓN N° 429-00

Iltmos. Sres.

D. JOSÉ MIRA CONESA

D. FAUSTINO DE URQUÍA GÓMEZ

D. JULIO UBEDA DE LOS COBOS

En Alicante a seis de octubre de dos mil.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia número 316-00, de fecha 11-7-00, pronunciada por el Juzgado de Lo Penal 7 Alicante (J. Inst. 4 Denia), en Procedimiento Abreviado n° 35-99 (J.O. 131-00) por delito de ROBO, habiendo actuado como parte apelante Ramón representado por el Procurador D. Esteban López Minguela y dirigido por el Letrado Sr. Alonso Torregrosa y como parte apelada EL MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son Hechos Probados de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "El acusado Ramón , mayor de edad y con antecedentes penales no computables para reincidencia, sobre las

6.30 horas del día 8-11-98, penetró pro la ventana de la cocina, sin ocasionar desperfectos, en la vivienda sita en la calle Cervantes n° 29, de la localidad de Teulada, en la que reside Jose Pablo , accediendo al interior de la misma, donde hizo suyos un monedero de piel con 6.000 ptas., un pastillero y 50.000 ptas que había en una cartera de Jose Pablo , efectos que no han sido recuperados y que han sido valorados pericialmente en la cantidad de 2.100 ptas., excluyendo el metálico, que Jose Pablo reclama" HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN.

SEGUNDO

El fallo de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: "Que debo condenar y condeno al acusado Ramón , como autor criminalmente responsable de un delito de robo con fuerza en las cosas de los artículos 237, 238 y 241.1 y 2 del c. Penal , sin circunstancias, a la pena de tres años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas. El acusado deberá además indemnizar por vía de responsabilidad civil al perjudicado Jose Pablo en la cantidad de 58.100 ptas a la que asciende el valor de lo sustraído".

TERCERO

Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por Ramón , se interpuso el presente recurso alegando: quiebra del principio constitucional de tutela judicial efectiva ( art. 24 n° 1 C.E .). Violación del principio de presunción de inocencia.

CUARTO

Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la/s parte/s apeladas -que interesó la confirmación de la sentencia impugnada- y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a deliberación y votación de la sentencia el día 6-10-00 .

QUINTO

En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado las prescripciones legales procedentes.

VISTO, siendo ponente el Iltmo. Sr. D. JULIO UBEDA DE LOS COBOS

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como primer motivo de impugnación de la Sentencia de instancia se alega "Quiebra del principio constitucional de tutela efectiva judicial ( artículo 24.1 C.E .)". Para justificar dicha afirmación se alega que tras acordarse el sobreseimiento provisional de las actuaciones el 18 de diciembre de 1998 por falta de autor conocido, el 25 de enero siguiente, sin haberse practicado diligencia alguna...

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