SAP Almería 5/2004, 14 de Enero de 2004
Ponente | MARIA SOLEDAD JIMENEZ DE CISNEROS CID |
ECLI | ES:APAL:2004:35 |
Número de Recurso | 6/2002 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 5/2004 |
Fecha de Resolución | 14 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE.
DÑA. TARSILA MARTINEZ RUIZ
MAGISTRADOS:
D. JESÚS MARTINEZ ABAD
DÑA. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID
JUZGADO: BERJA Nº 2
D.PREVIAS: 886/98
P .ABREV : 78/01
ROLLO SALA: 6/02
En la ciudad de Almería, a 14 de Enero de 2004
Vista en Juicio Oral y Público por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial la causa procedente del Juzgado de Instrucción Nº 2 DE BERJA, seguida por delito de LESIONES contra el acusado Germán , nacido en Granada, el día 10/12/1971, hijo de Oscar y de Gloria , provisto de DNI núm. NUM000 , con domicilio en Pulianas (Granada) sin antecedentes penales computables cuya solvencia se desconoce, en prisión provisional por esta causa desde 26 de Noviembre de 2003 , representado por el Procurador Dª. MARIA DOLORES ORTIZ GRAU y defendido por el Letrado D. JOSE CALATRAVA VICENTE, siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente la Ilma. Sra Magistrada Dª SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID.
La presente causa fue incoada en virtud de atestado de la Guardia Civil de Adra .Practicada la correspondiente investigación judicial, dio el Juzgado traslado al Ministerio Fiscal que solicitó la apertura del Juicio Oral y formuló acusación contra el anteriormente circunstanciado; abierto el Juicio Oral, se dio traslado a la defensa que presentó su escrito de calificación provisional, tras lo cual el Juzgado elevó las actuaciones a ésta Sala para su enjuiciamiento.
Recibidas las actuaciones en ésta Sala, se señaló día para juicio, acto que tuvo lugar el día14 de enero de 2004 en forma oral y pública, con asistencia del Ministerio Fiscal, del acusado y de su defensor; dándose cumplimiento a todas las formalidades legales.
El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito de Lesiones -previsto y penado en el art 150 -del Código Penal y reputandoresponsable del mismo en concepto de autor al referido acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitó se le impusiera la pena de 3 años y seis meses de prisión la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante tiempo de condena y pago de costas debiendo indemnizar a Carlos en 148.000 pts por lesiones y 200.000 pts por secuelas.
La defensa del acusado en sus conclusiones también definitivas solicitó la libre absolución de su patrocinado.
HECHOS PROBADOS
ÚNICO.- Probado y así se declara que: "Sobre las 6.30 horas del día 09-09-98, el acusado, Germán , mayor de edad, con DNI nº NUM000 , y con antecedentes penales no computables en la presente causa, en la caseta denominada "Los Bribones" del recinto ferial de la localidad de Adra, partido judicial de Berja, se acercó a Carlos entablando con el mismo una discusión en el curso de la cual le dio un fuerte bocado en el labio inferior, causándole la amputación parcial del mismo, requiriendo para su sanidad atamiento quirúrgico bajo anestesia general consistente en la reconstrucción del labio mediante colgajos de deslizamiento y curas periódicas, tardando 21 días en curar, durante los que estuvo incapacitado para sus ocupaciones habituales, estando 1 días hospitalizado, y quedándole como secuelas retracción de labio inferior y cicatrices de 4 por 1.5 cm en labio inferior y 5 cm en mentón".
Los hechos que se declaran probados en la presente resolución son constitutivos de un delito de lesiones con resultado de deformidad previsto en el art. 150 del Código Penal. Castiga este precepto al que causare a otro la pérdida o la inutilidad de un órgano no principal o la deformidad no grave, concurriendo en el presente caso tanto el presupuesto objetivo, consistente en la lesión causada a la víctima, necesitada, además de una primera asistencia facultativa, de tratamiento médico o quirúrgico, como el elemento subjetivo, consistente en un dolo genérico de lesionar y de menoscabar la integridad física, intencionalidad que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba