SAP Jaén 17/2008, 23 de Enero de 2008

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2008:581
Número de Recurso27/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución17/2008
Fecha de Resolución23 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 17

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS

Dª. María Esperanza Pérez Espino

Dª. María Jesús Jurado Cabrera

En la ciudad de Jaén, a veintitrés de enero de dos mil ocho.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario seguidos en primera instancia con el nº 1.397 del año 2005, por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia nº 27 del año 2008, a instancia de D. Jose Ángel y Dª. Lorenza, representados en la instancia por la Procuradora Sra. Millán Colomer y defendido por el Letrado Sr. Medina Ávila, contra Promotora de Viviendas de Mengíbal S.L., representada en la instancia por el Procurador Sr. Méndez Vilchez y defendida por el Letrado Sr. Muñoz Torrejón.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Jaén, con fecha 5 de octubre de 2007.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "QUE DESESTIMO la demanda formulada por la Sra. Millán Colomer , Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de D. Jose Ángel Y Dª Lorenza , asistido del Letrado Sr. Medina Avila, seguidos contra PROMOTORA DE VIVIENDAS MENGIBAR S. L representada por el Procurador Sr.Méndez Vilchez y asistidos del Letrado Sr. Muñoz Torrejón absolviendo a la demandada de los pedimentos efectuados en su contra, con imposición de costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó e interpuso por la parte actora, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en error en la apreciación de la prueba, solicitando la revocación de la sentencia recurrida y se dicte otra conforme a sus pretensiones.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por la parte demandada, solicitando la confirmación de la sentencia recurrida, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.Siendo Ponente la Magistrada Dª María Jesús Jurado Cabrera.

Aceptando los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Contra la sentencia dictada en la instancia por la cual se desestima íntegramente la demanda formulada, se alza la parte actora alegando como único motivo de impugnación el error en la apreciación de la prueba que conduce al Juzgador a una errónea aplicación del principio de la buena fe, entendiendo que la buena fe es una cuestión de hecho, existiendo una presunción iuris tantum, conforme al artículo 434 del Código Civil , correspondiendo a la contraparte la carga de la prueba, por lo que en definitiva interesaba la revocación de la sentencia recurrida y se dicte otra por la que se estimen las pretensiones deducidas en la demanda; no obstante lo cual no deberá...

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