STSJ Galicia 77/2008, 6 de Febrero de 2008

PonenteFRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
ECLIES:TSJGAL:2008:3857
Número de Recurso399/2007
Número de Resolución77/2008
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

Ilmos./as. Sres./as. D./Dª

FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.-Pte.

FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA

MARIA DOLORES GALINDO GIL

A CORUÑA, seis de Febrero de dos mil ocho.

En el RECURSO DE APELACION 399/2007 pendiente de resolución ante esta Sala, interpuesto por el SERVICIO GALEGO DE

SAUDE, representado por el LETRADO DEL SERGAS, contra SENTENCIA de fecha dieciocho de Abril de dos mil siete dictada en el procedimiento PA 299/2006 por el JDO. DE LO CONTENCIOSO Núm.1 de LUGO sobre PROCESO EXTRAORDINARIO CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO. Es parte apelada Lucía .

Es ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

que se dictó, por el Juzgado de instancia, la resolución referenciada anteriormente, cuyaparte dispositiva dice: "Que estimo parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Julio González González, en nombre y representación de Dª Lucía , contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra la resolución de 3 de noviembre de 20005, de la División de Recursos Humanos y Desarrollo Profesional, por la que se hace pública la resolución definitiva de la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación de empleo del Sergas en la categoría ATS/DUE; anulo la resolución arriba recurrida; y condeno a la Administración demandada a reconocer a la recurrente los 4.564 días transcurridos entre el 1 de julio de 1977 hasta el 28 de diciembre de 1989, como servicios prestados en el Hospital Juan Canalejo de A Coruña, a los efectos de valoración, incrementando la puntuación obtenida hasta los 120 puntos, con las consecuencias legales que deriven de esta nueva valoración, de acuerdo con lo dispuesto en el Fundamento Jurídico Segundo de la presente resolución. Sin expresa condena en costas".

SEGUNDO

que notificada la misma, se interpuso recurso de apelación que fue tramitado en forma, con el resultado que obra en el procedimiento, habiéndose acordado dar traslado de las actuaciones al ponente para resolver por el turno que corresponda.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

que el presente litigio tiene por objeto la impugnación por Dª Lucía de Resolución del Sergas sobre proceso extraordinario de consolidación de empleo en la categoría de ATS-DUE, y, en concreto, la no baremación de los servicios...

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