SAP Alicante 83/2014, 14 de Febrero de 2014

PonenteMARIA MARGARITA ESQUIVA BARTOLOME
ECLIES:APA:2014:976
Número de Recurso43/2013
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución83/2014
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 10ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMA

ALICANTE

Plaza DEL AYUNTAMIENTO,

Tfno: 965.93.61.62 - 965.93.61.63

Fax..: 965.93.61.35;

email..:alap10_ali@gva.es

NIG: 03014-43-1-2012-0021164

Procedimiento: PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 000043/2013- TRÁMITE - Dimana del Procedimiento Abreviado Nº 000171/2012

Del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 8 DE ALICANTE

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Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente

D. Javier Martinez Marfil

Magistrados/as

D. Jesus Gomez Angulo Rodriguez

D.Margarita Esquiva Bartolome

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SENTENCIA Nº 000083/2014

En Alicante, a catorce de febrero de dos mil catorce.

VISTA en juicio oral y público, los pasados días 28, 29, 30 y 31 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial, Sección Décima, de esta capital, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 8 de Alicante, por delito CONTRA LA SALUD PUBLICA, contra los acusados:

Anibal con DNI NUM000, hijo de Bartolomé y de Mariola, nacido el NUM001 /1971, natural de Santa Rosa de Cabal (Colombia), y vecino de Alicante, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador M. JOSE MERINO DIAZ y defendido por el Letrado JOSE MANUEL YEPES RODRIGUEZ;

Obdulio con DNI NUM002, hijo de Clemente y de Susana, nacido el NUM003 /1970, natural de Elda (Alicante), y vecino de Elda, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador YOLANDA VALDES CANTERO y defendido por el Letrado CARLOS PEDRO CLOQUEL BIBERSON; Tomás con DNI NUM004, hijo de Jose Francisco y de Adriana, nacido el NUM005 /1983, natural de Ondara (Alicante), y vecino de Ondara (Alicante), en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador ELVIRA PASTOR RAMOS y defendido por el Letrado ANTONIO SOLER DIAZ;

Domingo con DNI NUM006, hijo de Eugenio y de Dolores, nacido el NUM007 /1965, natural de Jumilla (Murcia), y vecino de Novelda, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador SONIA MARIA BUDI BELLOD y defendido por el Letrado M. ASUNCION BURDEOS GARCIA;

Moises con DNI NUM008, hijo de Faustino y de Leticia, nacido el NUM009 /1971, natural de Alcoy (Alicante), y vecino de Alcoy, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador AMPARO ALBEROLA PEREZ y defendido por el Letrado JUAN JOSE ESTEVE PEREZ;

Juan Ignacio con DNI NUM010, hijo de Jose Luis y de Sacramento, nacido el NUM011 /1987, natural de Alicante, y vecino de Villena, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador LUIS M. GONZALEZ Cesar y defendido por el Letrado MANUEL Cesar AMOROS;

Aurelio con DNI NUM012, hijo de Francisco y de Francisca, nacido el NUM013 /1980, natural de Almeria, y vecino de Almeria, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador VICENTE JIMENEZ IZQUIERDO y defendido por el Letrado BLANCA NUBIA ZULUAGA MESA;

Luis Manuel con DNI NUM014, hijo de Geronimo y de Jose Antonio, nacido el NUM015 /1968, natural de Zumarraga (Guipuzcoa), y vecino de Alfaz del Pi, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador CARMEN LOZANO PASTOR y defendido por el Letrado REMEDIOS MORENO-PALANCAS LIEBANA;

Claudio con NIE NUM016, hijo de Diego y de Encarnacion, nacido el NUM017 /1974, natural de Jelenia Gora (Polonia), y vecino de Alfaz del Pi (Alicante), en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador FRANCISCA RUZAFA TORREGROSA y defendido por el Letrado JORGE MARTINEZ NAVAS;

Abelardo con NIE NUM018, hijo de Armando y de Micaela, nacido el NUM019 /1977, de de edad, natural de Lebork (Polonia), y vecino de Alicante, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador ROBERTO HERNANDEZ GUILLEN y defendido por el Letrado MARIA DE LA PAZ ALARCON FRASQUET;

Gabriel con DNI NUM020, hijo de Adolfo y de Susana, nacido el NUM021 /1980, de de edad, natural de Elche (Alicnate), y vecino de Elche, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador FRANCISCA BIECO MARIN y defendido por el Letrado FRANCISCO JAVIER GALDEANO GOMEZ;

En cuya causa fue parte acusadora el Ministerio Fiscal representado por el Fiscal Iltmo. Sr. D. Jose Llor, Actuando como Ponente, la Magitrada Dña. Margarita Esquiva Bartolome de esta Sección Décima, que expresa el parecer de la Sala.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Desde sus Diligencias Previas núm. 1536/2012 el Juzgado de Instrucción nº 8 de Alicante instruyó su Procedimiento Abreviado núm. 000171/2012, en el que fueron acusados Obdulio, Tomás, Domingo, Moises, Juan Ignacio, Aurelio, Abelardo, Claudio, Gabriel, Anibal y Luis Manuel por el delito CONTRA LA SALUD PUBLICA, antes de que dicho procedimiento fuera elevado a esta Audiencia Provincial para continuar la correspondiente tramitación en el presente Rollo de Sala núm. 000043/2013 de esta Sección Décima.

SEGUNDO

El MINISTERIO FISCAL, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito contra la salud pública del art. 368 (sustancia que causa grave daño a la salud ), y art. 374 del C.P ., de los que son autores los acusados conforme el art. 27 y 28 del C.P ., no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando la imposición de las siguientes penas:

A Anibal 3 años y 1 mes de prisión, inhabilitación especial por igual tiempo, multa de 60# con arresto sustitutorio de 1 día caso de impago y costas.

A Obdulio 3 años y 9 meses de prisión, inhabilitación especial por igual tiempo, multa de 2.000# con arresto sustitutorio de 20 días caso de impago y costas.

A Tomás 4 años y 2 meses de prisión, inhabilitación especial por igual tiempo, multa de 20.417# con arresto sustitutorio de 6 meses caso de impago y costas. A Domingo 4 años de prisión, inhabilitación especial por igual tiempo, multa de 4.078# con arresto sustitutorio de 1 mes y 10 días caso de impago y costas.

A Moises 3 años y 1 mes de prisión, inhabilitación especial por igual tiempo, multa de 60# con arresto sustitutorio de 1 día caso de impago y costas.

A Aurelio y Juan Ignacio 4 años de prisión, inhabilitación especial por igual tiempo, multa de 4.815# con arresto sustitutorio de 1 mes y 10 días caso de impago y costas.

A Luis Manuel, Claudio y Abelardo 4 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial por igual tiempo, multa de 21.079# con arresto sustitutorio de 7 meses caso de impago y costas.

A Gabriel 4 años de prisión, inhabilitación especial por igual tiempo, multa de 5.508# con arresto sustitutorio de 2 meses y 20 días caso de impago y costas.

Se solicita el comiso del dinero intervenido, y el comiso y destrucción de la sustancia intervenida.

TERCERO

La DEFENSA, en el mismo trámite, solicitaron la libre absolución de sus defendidos.

I I - HECHOS PROBADOS

Son -y así expresa y terminantemente se declaran- los siguientes:

Araíz de una investigación judicial relativa a la distribución de psicotrópicos en relación a Edmundo que dio lugar a su condena en el procedimiento abreviado 162/11 del Juzgado de Instrucción numero 5 de Alicante, sentencia de 8-2-2012 (Sección 1 ª de la Audiencia Provincial de Alicante), se acreditó la participación en estos hechos del acusado Anibal, " Cachas ", mayor de edad y con antecedentes penales no computables, en situación irregular en España, si bien la investigación no continuó contra el mismo por haber estado ilocalizado por cambio de domicilio.

No obstante, ya localizado este y desde principios del años 2012, fue sometido Anibal a vigilancias y seguimientos que dieron lugar a la identificación de su domicilio y a la comprobación de que el mismo se relacionaba con otros conocidos redistribuidores de cocaína ( Mateo y Mariano ) ya sujetos a investigación e instrucción penal, a consecuencia de lo cual se solicitó y obtuvo por auto de 23-3-2012 la intervención de los teléfonos NUM022, NUM023 (auto de 4-5- 2012) y NUM024, NUM025 del indicado Anibal .

El contenido de estas conversaciones reveló su dedicación a esta ilícita actividad y su relación con esta misma actividad ilícita (redistribución de psicotrópicos) de los acusados Obdulio, mayor de edad y sin antecedentes penales con teléfonos NUM026 (auto de 29-3-2012) y NUM027 (auto de 5-4-2012); Luis Manuel, mayor de edad y sin antecedentes penales, con teléfono NUM028 (auto de 4-5-2012). El contenido de estas conversaciones constató su dedicación a esta misma ilícita actividad de ellos y de los también acusados Tomás, mayor de edad y sin antecedentes penales, con teléfono NUM029 y Domingo

, mayor de edad y con antecedentes penales no computables, con teléfono NUM030, por lo que se solicitó respecto a todos ellos auto de entrada y registro en sus respectivos domicilios y ello con fecha 17-5-2012 con el siguiente resultado:

- En domicilio de Anibal, de la calla DIRECCION000 nº NUM031, NUM032 NUM033 de Alicante, en el momento de su detención, se le intervinieron dos móviles, y dentro del domicilio una balanza de precisión de 15'4 gramos de sustancia de corte (cafeína) y un rollo de alambre (para anudar dosis de droga).

- En el domicilio Tomás de la CALLE000 nº NUM034, bloque NUM035, NUM032, puerta NUM031 de Arenales del Sol, (Alicante) se intervino un móvil, una balanza de precisión, 250 euros, un ordenador portátil, una caja con 370 comprimidos de M.D.M.A., con peso de 76'6 gramos y riqueza medio del 30'7 %, un envoltorio de 7'86 gramos de cocaína y riqueza media del 31'8%, dos envoltorios con 20 y 5'27 gramos, respectivamente, de ketamina, una bolsa con 29'9 gramos de M.D.M.A. y riqueza del 62'8 %, un envoltorio con 3'18 gramos de anfetamina con riqueza del 8'4 %, otro envoltorio con 0'66 gramos de anfetamina con riqueza media del 4'5 %, una bolsa con 378 comprimidos con un peso de 78'6 gramos de M.D.M.A. con riqueza media del 32'4 % y otras unidades con restos de...

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