SAP Madrid 183/2014, 20 de Marzo de 2014

PonenteMARIA DEL ROSARIO ESTEBAN MEILAN
ECLIES:APM:2014:7208
Número de Recurso84/2013
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución183/2014
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

Sección nº 02 de la Audiencia Provincial de Madrid

Domicilio: C/ Santiago de Compostela, 96 - 28071

Teléfono: 914934540,914933800

Fax: 914934539

37052000

N.I.G.: 28.079.00.1-2013/0024679

Procedimiento Abreviado PAB 84/2013

O. Judicial Origen: Juzgado de Instrucción nº 25 de Madrid

Procedimiento Origen: Diligencias Previas Proc. Abreviado 2019/2013

Contra : D./Dña. Piedad y D./Dña. Sagrario

PROCURADOR D./Dña. RICARDO LUDOVICO MORENO MARTIN

D./Dña. Ruperto

PROCURADOR D./Dña. MERCEDES ALBI MURCIA

Letrado D./Dña. JOSE MARIA VELAZQUEZ BECERRA

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, ha pronunciado, EN EL NOMBRE DE S.M. EL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 183/14

_______________________________________________________________________________

ILMOS.SRES DE LA SECCION SEGUNDA.

MAGISTRADO: Dº LUIS ANTONIO MARTINEZ DE SALINAS ALONSO

MAGISTRADA: Dª Mª DEL ROSARIO ESTEBAN MEILAN

MAGISTRADO: Dº EDUARDO DE URBANO CASTRILLO

_____________________________________________________________________________

En Madrid a 20 marzo 2014.

VISTA en juicio oral y público ante la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, el Rollo de Sala nº PA 84/2013, seguido por delito contra la salud pública en el que aparece como acusados:

Sagrario, con pasaporte español NUM000, mayor de edad, en cuanto nacida el NUM001 1983 en Madrid, hija de Ignacio y Bernarda, sin antecedentes penales, en prisión preventiva por la presente causa desde el 20 marzo 2013, tras haber sido detenida el día 18 marzo del mismo año. Representada por el Procurador Don Ludovico Moreno Martín Rico y asistida por el Letrado Don Borja Bonet peña. Piedad, con pasaporte español NUM002, mayor de edad, en cuanto nacida el NUM003 1975 en Ciudad Real, hija de Mauricio y Esperanza, sin antecedentes penales, en prisión preventiva por la presente causa desde el 20 marzo 2013, tras haber sido detenida el día 18 marzo del mismo año. Representada por el Procurador Don Ludovico Moreno Martín Rico y asistida por el Letrado Don Borja Bonet peña

Ruperto, con pasaporte español NUM004 mayor de edad, en cuanto nacido el NUM005 1981, en Matara-Cajamarca (Perú) hijo de Saturnino y Lucía, sin antecedentes penales, en prisión preventiva por la presente causa desde el 20 marzo 2013, tras haber sido detenido el día 18 marzo del mismo año. Representado por la Procuradora Dña. Mercedes Albi Murcia y asistido por el Letrado Don José María Velázquez Becerra.

Habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. Doña Mercedes Redondo Caño. Ha sido designada ponente la Ilma. Sra. Doña Mª DEL ROSARIO ESTEBAN MEILAN.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La presente causa se incoo en virtud de Atestado número NUM006, de fecha 18 marzo 2013 tramitado por el Cuerpo Nacional de Policía de Aeropuerto de Madrid Barajas, habiendo sido instruida por el Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid, llevándose a cabo las diligencias que se estimaron pertinentes y alcanzada la fase intermedia:

El Ministerio Fiscal

El Ministerio Fiscal calificó provisionalmente los hechos como constitutivos de delito contra la salud pública de los artículos 368 y 369. 1. 5 del C. Penal ( sustancia que causa grave daño a la salud en cantidad de notoria importancia) solicitando pena de 9 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 1.075.589,85 euros para Sagrario, Piedad y Ruperto

; destino legal la droga intervenida y pago de costas.

Las Defensas de Sagrario, Piedad y Ruperto .Se mostraron disconformes con la calificación del

Ministerio Público, solicitando su libre absolución, a través de sus respectivos escritos.

Segundo

Formuladas acusación y defensa fue señalada vista oral para el día 13 marzo 2014, llevándose a cabo el acto del juicio con el resultado que obra en el acta.

Comparecieron los acusados, Sagrario, Piedad y Ruperto, practicándose las pruebas propuestas por las partes conforme consta en acta.

El Ministerio Fiscal y las defensas en dicho acto elevaron a definitivas sus conclusiones e informaron .

HECHOS PROBADOS

Probado y así se declara que: el día 18 marzo 2013, sobre las 13:20 horas, Sagrario, cuyos datos de filiación constan, mayor de edad y sin antecedentes penales; Piedad, cuyos datos de filiación constan, mayor de edad y sin antecedentes penales, ambas pareja entre sí, y Ruperto, cuyos datos de filiación, constan, mayor edad y sin antecedentes penales, arribaron a la Terminal 4 del Aeropuerto de Madrid-Barajas, procedentes de Lima (Perú), en el vuelo de la compañía aérea LAN Nº NUM029 con destino Madrid, siendo interceptados, por funcionarios del cuerpo nacional de policía que prestaban servicio en la Sala de Llegadas Internacionales de la citada Terminal, por sí sus equipajes pudiesen contener sustancias ilícitas, por el lugar de procedencia en anteriores casos de similares características que dieron resultado positivo, teniendo los funcionarios actuantes motivos para pensar que tanto la pareja formada por Sagrario y Piedad como el pasajero Ruperto pudieran ser portadores de algún tipo de sustancia estupefaciente.

Efectuado un primer reconocimiento de equipaje y tras pedir la autorización necesaria, se procedió examinar las maletas que portaban.

Una vez los equipajes se encuentran en la cinta de recogida, el pasajero Ruperto recoge de la cinta de equipajes una maleta tipo trolley de color negro y rojo de la marca "EXPRESS", la cual reconoce como de su propiedad, con número de etiqueta de facturación LA 07982 y las pasajeras Sagrario y Piedad, recogen de la misma cinta de recogida cuatro maletas tipo trolley, siendo una (1) de color negro de la marca "GABOL" con número de etiqueta de facturación NUM007, otra (1) de color azul de la marca "POLO TRAVEL USA" con número de etiqueta de facturación NUM008, otra (1) de color fucsia de la marca "JILIDA" con número de etiqueta de facturación NUM009, y otra (1) de color negro de la marca "OUXIAN" con número de etiqueta de facturación número NUM010, comprobando los policías actuantes que los números de etiquetas de facturación de todas las maletas se corresponden con los números de los resguardos de facturación que portan los pasajeros.

En la revisión de tres de las cuatro maletas que trae facturada la pareja formada por Sagrario y Piedad

, todas ellas a nombre de Piedad, con etiquetas de facturación número NUM007, NUM009 y NUM008, llevan en su interior un total de 128 prendas textiles, las que una vez examinadas se comprueba que contienen impregnada una sustancia que sometida al reactivo "narcotest" da positivo a la cocaína, arrojando un peso bruto total las prendas de 55.200 g, pesaje realizado en balanza comercial no de precisión.

La numeración de los cupones de vuelo usados por los tres acusados es correlativo, siendo el cupón perteneciente a Piedad número NUM011 ; el de Sagrario el número NUM012 y el de Ruperto NUM013 al viajar los tres pasajeros con el mismo billete de avión, al haber sido comprado por la misma persona y tener el mismo localizador CXLATJ.

La pasajera Piedad portaba un trozo de papel manuscrito con el siguiente texto en uno de sus pliegues "Hotel Argentina Méndez Álvaro nº 14" y en otro papel llevaba manuscrito "LAN VENTANILLA NUM014 -NUM015 ".

En el cacheo personal efectuado a Ruperto, se le encontró un trozo de papel de cuadrícula manuscrito con el siguiente texto en una de sus caras.- " PARQUE000 NUM016 . NUM017 NUM018 " y en la otra cara llevaba manuscrito "MAMA Gabriela PAPA Juan Miguel " y un trozo de papel manuscrito con el siguiente texto.- "Hostal Argentina Méndez Álvaro 14 ".

La sustancia incautada, en las 128 prendas, debidamente analizada por el Laboratorio de la División de Estupefacientes de La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, resultó ser cocaína, con los siguientes pesos y beneficios en el mercado ilícito:

1.-Peso neto 229.3 g muestra 29.2, con una riqueza media del 5,2% de pureza lo que hace un total de 11,92 g de cocaína base. La que podría reportar unos beneficios de 638,70 euros en la venta al por mayor y de 1672,14 euros en la venta al por menor.

2.-Peso neto 107 g muestra 22,5 g sin riqueza media al presentar única y exclusivamente restos de cocaína, por lo que no se cuantifica la cocaína base. Carece de valor al tratarse de restos de cocaína.

3.-Peso neto 98.2 g muestra 21.9 g con una riqueza media del 5, 2% de pureza lo que hace un total de 5,10 g de cocaína base. La que podría reportar unos beneficios de 273,53 euros en la venta al por mayor y de 716,11 euros en la venta al por menor.

4.-Peso neto 101,8 g muestra 20. g con una riqueza media del 4.1% de pureza lo que hace un total de 4, 17 g de cocaína base. La que podría reportar unos beneficios de 223,57 euros en la venta al por mayor y de 585,33 euros en la venta al por menor.

5.-Peso neto 246 g muestra 21.4 g con una riqueza media del 7,6% de pureza lo que hace un total de 18,69 g de cocaína base. La que podría reportar unos beneficios de 1.001,47 euros en la venta al por mayor y de 2.621,89 euros en la venta al por menor.

6.-Peso neto 201,8 g muestra 22,8 g, con un 4.9% lo que hace un total de 9,88 g de cocaína base. La que podría reportar unos beneficios de 529,67 euros en la venta al por mayor y de 1.386,70 euros en la venta al por menor.

7.-Peso neto 133 g muestra 20,7 g, con una riqueza media del 2% de pureza, lo que hace un total de 2,66 g de cocaína base. La que podría reportar unos beneficios de 142,29 euros en la venta al por mayor y de 373,03 euros en la venta al por menor.

8.-Peso neto 927,6 g muestra 102,2 g con una riqueza media del 8,6% de pureza lo que hace un total de 79,77 g de cocaína base. La que podría reportar unos beneficios de. 4273,16 euros en la venta al por mayor y de 11.187,30 euros en la venta al por menor.

9.-Peso neto 324,5 g muestra 52,7g con una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR