SAP Salamanca 505/2002, 4 de Diciembre de 2002

PonenteRUBEN MANUEL DE MARINO BORREGO
ECLIES:APSA:2002:781
Número de Recurso599/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución505/2002
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección ª

SENTENCIA NUMERO 505/02

Iltmo. Sr. Presidente

DON FERNANDO NIETO NAFRIA

Ilmos. Sres. Magistrados

DON JAIME MARINO BORREGO

DON FERNANDO CARBAJO CASCON (Spte.)

En la Ciudad de Salamanca, a cuatro de Diciembre del dos mil dos.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario número 415/01 del Juzgado de Primera Instancia N° 9 de Salamanca, Rollo de Apelación N° 599/02; han sido partes en este recurso: como demandante-apelado D. Jose Augusto , de Salamanca, representado por la Procuradora Dª Cristina Martín Manjón y defendido por el Letrado D. Fernando Dávila González y como demandados- apelantes D. Rogelio y Dª Clara , de Salamanca, representados por la Procuradora Dª Mª Angeles Prieto Laffargue y defendidos por el Letrado D. Luciano Muriel Alonso; y sobre Realización de obras.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día 23 de Julio de 2.002 se dictó sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de Primera Instancia N° 9 de Salamanca que contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por la procuradora Cristina Martín Manjón en nombre y representación de Jose Augusto contra Rogelio y Clara representados por la procuradora María Angeles Prieto Laffargue debo condenar y condeno a referidos demandados.- a) Realizar las obras y reparaciones necesarias para la correcta impermeabilización del balcón del piso de su propiedad al objeto de evitar las filtraciones de agua al forjado.- b)Y a que sustituyan la baldosa rota a que se refiere el Fundamento de Derecho 4° de esta.- Y desestimando la reconvención de contrario planteada debo absolver al actor de sus pedimentos, no se hace declaración expresa sobre las costas procesales causadas en la demanda principal y se imponen a los demandados las costas procesales de la reconvención".

  2. - Contra referida sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandada, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones y terminó suplicando que estimando el recurso de apelación revoque la sentencia, desestimando íntegramente la demanda con imposición de las costas de la primera instancia al actor, y revoque igualmente la sentencia en lo que se refiere a la reconvención, estimando la misma en su integridad, con condena en costas igualmente al actor reconvenido de la primera instancia. Mediante otrosí solicitó la práctica de prueba pericial; dado traslado a la parte demandante de la interposición del recurso, por ésta se opuso al mismo haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus intereses para terminar suplicando se dicte sentencia desestimatoria del recurso, confirmando en su integridad la de primera instancia, con imposición de las costas a los recurrentes.3°.- Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo, y por Auto de 7 de Noviembre de 2.002 se denegó la prueba pericial interesada por la representación procesal de la parte demandada apelante, señalándose para la votación y fallo del recurso el día 28 de Noviembre de 2.002, y pasando los autos al Iltmo. Sr. Magistrado-Ponente para dictar sentencia.

  3. - Observadas las formalidades legales.

Vistos, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON JAIME MARINO BORREGO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la representación procesal de los demandados-reconvinientes, D. Rogelio y Dª Clara ; se viene a impugnar la sentencia de instancia, con amparo en un doble motivo, referidos respectivamente, a la estima parcial de la demanda iniciadora del procedimiento, que les dirige el actor-reconvenido D. Jose Augusto ; ---...

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