SAP Valencia 597/2004, 4 de Octubre de 2004

PonenteMARIA ANTONIA GAITON REDONDO
ECLIES:APV:2004:4226
Número de Recurso314/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución597/2004
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

ROLLO NÚM. 314/04

SENTENCIA NÚM.: 597/04

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

Dª ROSA MARIA ANDRES CUENCA

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

Dª. Mª ANTONIA GAITÓN REDONDO

En Valencia a 4/10/04.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente, el Ilmo. Sr. Magistrado DOÑA Mª ANTONIA GAITÓN REDONDO, el presente rollo de apelación número 314/04, dimanante de los autos de Juicio CAMBIARIO, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia de SUECA 4, bajo el nº 135/03 entre partes, de una, como demandante apelante a Eusebio , y de otra, como demandada apelada a CHUYVAL S.L , en virtud del recurso de apelación interpuesto por Eusebio .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de Primera Instancia de SUECA 4, en fecha 31/10/03, contiene el siguiente FALLO: "Que estimando integramente la demanda Cambiaria presentada a instancia de Chuyval S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Asunción Carrasquer Ramo y asistida de la letrada Dª Eva Belenguer Vergara contra D. Eusebio representado por el procurador de los Tribunales D. Juan Vicente Alberola Beltrán y asistido por el Letrado

D. Francisco Aliaga Navarro, sobre ejecución de 18 letras de cambio, debo mandar continuar el despacho de ejecución contra este último por importe de 7.468,20 euros, más 2.240,46 euros, calculados para costas e intereses de mora devengados y que se devenguen hasta el pago, desestimando en su totalidad la oposición formulada.".

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Eusebio , dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En autos de juicio cambiario promovidos por la representación procesal de Chuyval SL contra Eusebio , se dictó sentencia por el Juzgado de la Instancia por la que, con desestimación de la excepciones de falta de presentación al cobro y falta de protesto, se estimaba la demanda inicial de las actuaciones. Interpone recurso de apelación al demandado reiterando en la alzada la excepción de falta de presentación al cobro de las letras que sirven de fundamento a la reclamación, excepción que alegaba era consecuencia de la domiciliación de dichas letras en una cuenta bancaria a nombre del Sr. Eusebio , habiendo quedado acreditado en los autos que la entidad actora no las presentó al cobro en el banco reseñado. Añadía que se dispuso de común acuerdo entre las partes, librador y librado, la cláusula "con gastos", que también había sido incumplida por la entidad actora, por lo que no cabe imputar al hoy recurrente la aplicación de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Cambiaria . Indicaba que la negligencia de tales incumplimientos era imputable a la demandante, por lo que Chuyval SL debe acarrear con las consecuencias previstas en el artículo 1170 del Código Civil , solicitando, en definitiva, la revocación de la sentencia de la instancia, declarando no haber lugar a la ejecución despachada contra el Sr. Eusebio .

La parte actora solicitó la confirmación de la...

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