SAP Zaragoza 476/2005, 27 de Septiembre de 2005
Ponente | JULIAN CARLOS ARQUE BESCOS |
ECLI | ES:APZ:2005:2376 |
Número de Recurso | 338/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 476/2005 |
Fecha de Resolución | 27 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª |
SENTENCIA NÚMERO: 476/05
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Ilmos. Señores:
Presidente:
D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS
Magistrados:
D. FRANCISCO ACIN GARÓS
Dª MARIA ELIA MATA ALBERT
En ZARAGOZA, a veintisiete de Septiembre de dos mil cinco.
VISTO por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 226/2005, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 18 de ZARAGOZA , a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN número 338/2005, en los que aparece como parte apelante D. Carlos Alberto , representado por la procuradora Dª NURIA JUSTE PUYO, y asistido por el Letrado D. LUIS SESMA ARELLANO, y como apelado PARQUE DE ATRACCIONES DE ZARAGOZA S.A., representado por el procurador D. JUAN CARLOS JIMENEZ JIMENEZ, y asistido por el Letrado D. JUAN ANTONIO IRANZO LACAMBRA; en cuyos autos con fecha 28 de Abril de 2005, recayó Sentencia .
Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: 1º Absuelvo a Parque de Atracciones de Zaragoza, S.A. de las pretensiones contenidas en la demanda.- 2º No ha lugar a realizar imposición de las costas procesales causadas.
Contra dicha Sentencia, la parte actora presentó escrito de preparación del recurso de apelación, y dentro del término de emplazamiento, escrito de interposición del recurso de apelación, del que se dio traslado a la parte demandada, presentando dentro del término de emplazamiento escrito de oposición. Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala para la resolución de la apelación.
No habiéndose aportado nuevos documentos, ni propuesto prueba, ni considerándose necesaria la celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 20 de Septiembre de 2005.CUARTO.- Que en la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refiere el art. 465 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al pender de resolución ante esta Sala un elevado número de recursos.
Habiendo sido ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Presidente D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS.
La Sentencia de instancia desestima la pretensión indemnizatoria del demandante como...
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