SAP Madrid 518/2005, 26 de Julio de 2005
Ponente | PEDRO POZUELO PEREZ |
ECLI | ES:APM:2005:9375 |
Número de Recurso | 717/2004 |
Número de Resolución | 518/2005 |
Fecha de Resolución | 26 de Julio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
SENTENCIA: 00518/2005
Rollo: RECURSO DE APELACION 717 /2004
Proc. Origen: DESAHUCIO 163 /2004
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
PONENTE:SR. PEDRO POZUELO PÉREZ
APELANTE: GAR AND KER, S.L.
PROCURADOR: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
APELADO: Carlos
PROCURADOR: MANUEL BENITO OTEO
En MADRID , a veintiséis de julio de dos mil cinco
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre desahucio por falta de pago, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de San Lorenzo de El Escorial, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandado Gar and Ker, S.L., y de otra, como apelado-demandante D. Carlos , Dña. Araceli , Dña. Camila , Dña. Claudia y Dña. Elvira , representados por el Sr. De Benito Oteo, seguidos por el trámite del Juicio Verbal.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. PEDRO POZUELO PÉREZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº de San Lorenzo de El Escorial, en fecha 5 de Julio de2004, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que ESTIMANDO COMO ESTIMO la demanda interpuesta por D. Carlos , Dª Araceli , Dª Camila , Dª Claudia Y Dª Elvira , representados en autos por el procurador Sr. Herrero Peña contra GAR AND KER, S.L., representada por el procurador Sra. Wangüemert Garcia, DEBO DECLARAR Y DECLARO resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 1 de abril de 2002 referido al local comercial sito en San Lorenzo de El Escorial c/ DIRECCION000 nº NUM000 y c/ DIRECCION001 nº NUM001 asi como el desahucio de la demandada, con apercibimiento de lanzamiento si no desaloja la vivienda y la deja expedita a disposición del actor en plazo legal, DEBIENDO CONDENAR asimismo a GAR AND KER, S.L. a abonar a D. Carlos , Dª Araceli , Dª Camila Dª Claudia Y Dª Elvira las rentas devengadas desde el ultimo pago efectuado de mayo del corriente y hasta que se lleve a cabo el desalojo del local, debiendo ser igualmente la demandada condenada al pago de las costas causadas en esta litis".
Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000 , se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 21 de Julio de 2005.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Que con carácter previo debe decirse que en nuestro derecho el contrato de mandato esta configurado como un contrato consensual por el que una persona, mandatario, se obliga hacia otra, mandante, a realizar algún acto jurídico por cuenta de esta, art. 1709, bien entendido que en principio la obligación de mandatario es hacer algo por cuanta del mandante pero no en nombre de este. Sin embargo, el mandato junto este carácter puede tener un carácter ostensible o representativo, si se ha concedido poder de...
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