SAP Asturias 39/2001, 29 de Enero de 2001

PonenteVICTOR EMILIO COVIAN REGALES
ECLIES:APO:2001:359
Número de Recurso439/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución39/2001
Fecha de Resolución29 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª

SENTENCIA NUMERO 39/2.001

ILMOS. SRES. PRESIDENTE DON MAXIMO ROMAN GODAS RODRIGUEZ, MAGISTRADOS DON

JOSE LUIS CASERO ALONSO y DON VICTOR COVIAN REGALES.

En Gijón a, veintinueve de enero de dos mil uno.

Vistos por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial con sede en Gijón, los autos de Menor Cuantía 160/99, procedentes del juzgado de Primera Instancia Número Tres de los de Gijón, que dieron lugar al Rollo de Apelación registrado con el número 439/2000, entre partes, como apelantes COMERCIAL GAREX S.L. representado por el procurador Don JAVIER CASTRO EDUARTE y con la asistencia del letrado Don ALFREDO MENENDEZ GONZALEZ, como apelado LACTEOS CAMPINA S.A. representado por el procurador Doña JIMENA FERNANDEZ MIJARES SANCHEZ y con la asistencia del letrado Don GASPAR CASADO BRAVO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Gijón, dictó sentencia de fecha 13 de Marzo de 2.000, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que procede estimar la demanda formulada por Doña Jimena Fernandez Mijares Sanchez en nombre y representación de la entidad LACTEOS CAMPINA S.A., contra la entidad COMERCIAL GAREX S.L., condenando a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 8.057.356 pesetas, más los intereses legales devengados desde la fecha del acta de conciliación (6-7-98), y con expresa imposición de costas ala demandada; al mismo tiempo procede desestimar la demanda reconvencional formulada por Don José Javier Castro Eduarte Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de Comercial Garex S.L., contra LACTEOS CAMPINA S.L., absolviendo a la demandante- reconvenida de las peticiones contenidas en el suplico de la misma y con expresa imposición de costas de la reconvención a la demandada reconveniente".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso por la representación legal del demandado COMERCIAL GAREX S.L. recurso de apelación que admitido a tramite en ambos efectos, tras el preceptivo emplazamientos de las partes en forma y plazo legal, se remitieron los autos a esta Sección de la Audiencia Provincial, Formándose el pertinente rollo de apelación que se registró entre los de su clase con el número 439/2000, y previo los tramites procesales oportunos, se señaló fecha para la celebración de la vista.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso de apelación se han observado todas las prescripciones legales.VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don VICTOR COVIAN REGALES.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación de Comercial Garex S.L. se alza contra la resolución de instancia, que estima totalmente la demanda contra ella dirigida y desestima la reconvención por la misma formulada. Aduce en su recurso, en síntesis, de una parte que algunas de las mercancías cuyo pago le reclama Lácteos Campina S.L. no le fueron servidas, y de otra parte, y Fundamentalmente, que ni se han considerado las comisiones que ésta última entidad debía satisfacer a Garex S.L., ni tampoco los perjuicios ocasionados como consecuencia de la ruptura unilateral de las relaciones comerciales.

SEGUNDO

La primera de las razones expuestas por la recurrente para la revocación de la recurrida no puede prosperar pues, aun cuando lleva razón en que la documentación acompañada a la demanda no justifica cumplidamente la entrega a Garex S.L. de ciertas partidas, cuyo importe supera el millón seiscientas mil pesetas, ningunea lo que sin duda es prueba trascendental en este pleito, en ella se basa principalmente la resolución de primera instancia, y que a pesar de sus esfuerzos la representación del apelante no ha conseguido desvirtuar. Y es que la carta acompañada por la actora en su contestación a...

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