SAP Asturias 29/2005, 28 de Enero de 2005

PonenteRAFAEL MARTIN DEL PESO
ECLIES:APO:2005:225
Número de Recurso550/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución29/2005
Fecha de Resolución28 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 29/05

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000550 /2004

Iltmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Antonio Seijas Quintana

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

D. Rafael Martín del Peso

En Oviedo a, veintiocho de Enero de dos mil cinco.

VISTOS en grado de apelación por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 942/2003, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 2 de OVIEDO , Rollo 550/2004, entre partes, como Apelante/s DON Juan representado por el procurador de los tribunales DOÑA MARIANA COLLADO GONZALEZ, y bajo la dirección letrada de DON LUIS TUERO FERNANDEZ, y como Apelado/s DON Marco Antonio representado por el procurador de los Tribunales DON RAFAEL COBIÁN GIL-DELGADO, y bajo la dirección letrada de DON RAMÓN FERNÁNDEZ-MIJARES SÁNCHEZ. Y el MINISTERIO FISCAL, en la representación que le es propia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado 2 de Oviedo dictó Sentencia en los autos referidos con fecha treinta de Julio de dos mil cuatro cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por don Juan , representado por la Procuradora Sra. Collado, contra don Marco Antonio representado por el Procurador Sr. Cobián Gil Delgado, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO al expresado demandado de todos los pedimentos realizados en su contra. Ello con expresa condena del actor al pago de las costas procesales causadas".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

Dictándose Providencia con señalamiento para el día veinticinco de Enero de dos mil cinco, quedando los autos tras la votación y fallo para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Martín del Peso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se discute en la alzada la intromisión al honor y propia imagen, imputada al demandado que en su calidad de Secretario general de la Federación de Comunicación y Transporte de la central sindical CCOO de Asturias, remitió la carta que obra en autos a los afiliados a la federación en la que se descalifica la actuación del demandante, Secretario general del sector de carretera de la Federación de Comunicación y transporte del sindicato, fundamentalmente acusándole de la contratación irregular de una hija del accionante, la falta de justificación e irregularidades en los gastos originados durante la gestión del actor y el acoso a una empleada del ente sindical. El recurso sostiene que se ha producido una errónea -por obsoleta-, solución jurisprudencial al caso y al propio tiempo una inadecuada valoración de la prueba; cuestiones sobre las que se centra la presente impugnación.

SEGUNDO

Con independencia de la cita jurisprudencial que la sentencia de instancia efectúa, estima la Sala que es pertinente para resolver el problema debatido y en especial si las expresiones utilizadas en la misiva, en el marco y contexto que lo han sido, habida cuenta de la profesión y pública actividad de las partes en litigio, son instrumento del legítimo ejercicio de la libertad de expresión o...

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