SAP Asturias 13/2001, 16 de Enero de 2001
Ponente | JOSE MARIA ALVAREZ SEIJO |
ECLI | ES:APO:2001:161 |
Número de Recurso | 427/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 13/2001 |
Fecha de Resolución | 16 de Enero de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª |
SENTENCIA NÚMERO 13/01
MENOR CUANTIA 427 /2000
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D. José Antonio Seijas Quintana
MAGISTRADOS
D. Guillermo Sacristán Represa
D. Rafael Martín del Peso
En OVIEDO, a 16 de enero de dos mil uno.
VISTOS por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los presentes autos de Juicio de Menor Cuantía 388/99, procedentes del Juzgado de Primera Instancia n° Seis de Oviedo, Rollo numero 427/00; entre partes, como Apelante Exclusivas Quecuty S.L., representado por el Procurador/a, Sr./a Fernández Reyero, bajo la dirección letrada de Don/Dña. Ignacio Fernández Chacón, y como Apelado, Cadbury Dulciora S.A., representado por el Procurador/a. Sr./a Fernández-Mijares Sanchez, bajo la dirección letrada de Don/Dña. Juan Francisco Llanos Acuña
Se aceptan los de la sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia n° Seis de Oviedo, dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 31/5/00, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Que estimando la demanda interpuesta por E.M. CADBURY DULCIORA S.A. contra E.M. EXCLUSIVAS QUECUTY S.L. debo condenar y condeno a la demanda al pago de 1.425.826 pesetas que devengarán desde el 3 de marzo de 2000 y hasta la presente el interés legal del dinero, y dicho índice incrementado en dos puntos desde hoy hasta su completo pago; y todo ello imponiendo a la parte demandada las costas de esta primera instancia".
Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandada, se interpuso recurso de apelación en ambos efectos y admitido a trámite se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron las partes con las aludidas representaciones, cumplidos los oportunos traslados y habiéndose solicitado por las partes de conformidad trámite poralegaciones sustitutoria de la vista oral, acordándose acceder a lo interesado, siendo evacuado dicho trámite por ambas partes conforme a los escritos que obran unidos en el Rollo de Sala, interesando la parte Apelante que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tener por evacuado el trámite de vista, y en su mérito acordar modificar la Sentencia que se combate declarando que la cantidad que exclusivas Quecuty, S.L. adeuda a la actora, E.M. Cadbury Duciora, S.A. es la de 305.592...
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...quedaron definitivamente fijados los términos del litigio ( Ss. TS de 16 junio 1978, 29 marzo 1980, 6 marzo 1990, 8 mayo 2001, SAP Asturias 16 enero 2001, SAP Valencia 29 junio 2002, SAP Madrid 10 marzo 2009 ). En consonancia con lo anterior, no podrá introducir hechos nuevos (impeditivos, ......