STSJ Extremadura 617/2014, 26 de Junio de 2014

PonenteJOSE MARIA SEGURA GRAU
ECLIES:TSJEXT:2014:1027
Número de Recurso809/2012
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución617/2014
Fecha de Resolución26 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

SENTENCIA: 00617/2014

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 617

PRESIDENTE :

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS

MAGISTRADOS:

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON CASIANO ROJAS POZO

DON JOSÉ MARÍA SEGURA GRAU/

En Cáceres, a Veintiséis de Junio de dos mil catorce.

Visto por la Sala el Procedimiento Ordinario nº 809/2012, promovido ante este Tribunal a instancia de la Procuradora D.ª María Ángeles Chamizo García, en nombre y representación de D. Constancio, siendo parte demandada la Administración General del Estado (Confederación Hidrográfica del Guadiana); recurso que versa sobre Resolución de 28 de junio de 2012 de la Confederación Hidrográfica del Guadiana dictada en Expediente Sancionador E.S. NUM000, por el que se impone al recurrente una multa de 9.010,13 euros e indemnización de daños de 1.688,40 euros.

Siendo la cuantía del recurso 10.698,53 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó, con fecha 30 de octubre de 2012, escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, por escrito presentado el 27 de diciembre.

Aducía los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación y terminaba solicitando que se dictara sentencia por la que se estime el recurso, anule la resolución impugnada, con imposición de costas a la demandada.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda a la parte demandada, la Administración General del Estado contesta por escrito presentado el 17 de enero de 2013, solicitando la desestimación de la demanda.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este período, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.

Siendo Ponente para este trámite el Istmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MARÍA SEGURA GRAU, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución administrativa que da origen al recurso contencioso administrativo, dictada por el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana el 28 de junio de 2012 desestima el recurso de reposición interpuesto contra otra resolución del mismo Organismo dictada en Expediente Sancionador E.S. NUM000, por el que se impone al recurrente una multa de 9.010,13 euros, indemnización de daños de 1.688,40 euros y clausura del pozo.

La parte actora funda su demanda en los siguientes motivos: caducidad del procedimiento e infracción del principio de igualdad.

Del examen del expediente administrativo resulta que el procedimiento...

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