SAP Zaragoza 95/2014, 4 de Junio de 2014

PonenteMAURICIO MANUEL MURILLO GARCIA-ATANCE
ECLIES:APZ:2014:1159
Número de Recurso87/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución95/2014
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00095/2014

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA

SECCION TERCERA

- CALLE GALO PONTE S/N

Teléfono: 976208376-77-79-81

213100

N.I.G.: 50297 43 2 2012 0181410

APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000087 /2014

Delito/falta: IMPAGO DE PENSIONES

Denunciante/querellante: Guillerma

Procurador/a: D/Dª MERCEDES NASARRE JIMÉNEZ

Abogado/a: D/Dª SANTIAGO GIMENO GARCIA

Contra: Carlos María

Procurador/a: D/Dª LETICIA MUÑOZ ROME

Abogado/a: D/Dª YOLANDA REMACHA SEGURA

SENTENCIA NÚM. 95/14

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JOSÉ RUIZ RAMO

MAGISTRADOS

D. MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ y LÓPEZ DEL HIERRO

D. MAURICIO MURILLO y GARCÍA ATANCE

En Zaragoza, a cuatro de Junio de dos mil catorce.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación las Diligencias de Procedimiento Abreviado número 139/2013, procedentes del Juzgado de lo Penal número Uno de Zaragoza, Rollo número 87/2014, seguidas por delito de Abandono de Familia por Impago de Pensiones, contra Carlos María, con D.N.I. nº NUM000, nacido en Córdoba el NUM001 /1968, hijo de Balbino y de Teodora, de solvencia no acreditada, con antecedentes penales, vecino de Oropesa de Mar (Castellón) y en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora de los Tribunales Doña Leticia Muñoz Rome y asistido por la Letrada Doña Yolanda Remacha Segura. Son partes acusadoras el Ministerio Fiscal, que ejerce la acusación pública, y Guillerma, quien ejerce la Acusación Particular, representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Mercedes Nasarre Jiménez, y asistida por el Letrado Don Santiago Gimeno García. Es Ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado Don MAURICIO MURILLO y GARCÍA ATANCE, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los citados autos recayó sentencia con fecha dos de Abril de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "

FALLO.- Que debo absolver y absuelvo a Carlos María del delito de abandono de familia por impago de pensión del que ha sido acusado, por faltar un requisito de procedibilidad, declarando de oficio todas las costas causadas en este procedimiento".

SEGUNDO

La sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica: "HECHOS PROBADOS.-

PRIMERO

Ha resultado probado y así se declara que en fecha 17 de mayo de 2004 se dictó sentencia por la Audiencia Provincial de Zaragoza en recurso de apelación, que establecía que Carlos María abonaría a Guillerma la suma mensual de 180 euros en concepto de pensión de alimentos por el hijo común de ambos, Jose Augusto, suma que debía ingresar en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que designara Guillerma y que se actualizaría en el mes de enero de cada año a partir de 2005 conforme a las variaciones del IPC.

El 3 de enero de 2005 se dictó sentencia por el Juzgado de Familia nº 6 de Zaragoza en el procedimiento 957/04 sobre divorcio con oposición, en la que se decretaba la disolución por divorcio del matrimonio formado por Carlos María y Guillerma, acordando como medidas complementarias el mantenimiento de las ya decretadas en el previo proceso de separación, tal como quedaron fijadas tras la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza de 17-5-2004 .

SEGUNDO

El 9 de junio de 2006 dictó sentencia el Juzgado de Familia nº 6 de Zaragoza en los autos 326/05 sobre modificación de medidas en la que, estimando la demanda interpuesta por Carlos María, se acordaba el cese de la custodia del menor por la madre, con privación de la patria potestad y de cualquier posible relación de visitas, debiendo pasar de forma inmediata a la custodia y protección de los servicios de la DGA, el cese de la obligación del padre de abonar alimentos a la madre para el menor y el cese de la atribución del uso de la vivienda familiar a la madre.

Interpuesto recurso de apelación contra la anterior sentencia, dictó sentencia la Audiencia Provincial de Zaragoza el 12 de febrero de 2008 revocando la de instancia y fallando que, en su lugar, desestimaba la demanda de modificación de medidas formuladas por Carlos María, declarando no haber lugar a modificar la medida relativa al régimen de guarda y custodia del hijo de los litigantes Jose Augusto establecido en el presente proceso de divorcio, cesando la actuación tuitiva de los Servicios...

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