SAP Almería 130/2008, 12 de Mayo de 2008
Ponente | BENITO GALVEZ ACOSTA |
ECLI | ES:APAL:2008:848 |
Número de Recurso | 133/2008 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 130/2008 |
Fecha de Resolución | 12 de Mayo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 1ª |
SENTENCIA nº:
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
DON BENITO GÁLVEZ ACOSTA
MAGISTRADOS
DON RAFAEL GARCÍA LARAÑA
DON ANDRES VELEZ RAMAL
En la Ciudad de Almería, a 12 de Mayo de 2008.
La Sección Primera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación el rollo número 133 del año 2008, dimanante de Procedimiento Abreviado n. 200/07, procedente del Juzgado de lo Penal n.4 de Almería, por un delito de lesiones, siendo parte apelante D. Juan Ramón, cuyas demás circunstancias personales constan en la sentencia impugnada, representado por el Procurador Don Javier Romera Galindo y dirigido por el Letrado Don Sergio Rodríguez Cabrera; y de la otra parte, y como apelado, Don Víctor, cuyas demás circunstancias personales constan en la sentencia impugnada, representado por la Procuradora Doña Isabel Valverde Ruiz y dirigido por el Letrado Don Juan de la Cruz Lillo Soler; siendo también parte el Ministerio Fiscal.
Es ponente el Iltmo. Sr. DON BENITO GÁLVEZ ACOSTA
Por el Juez de lo Penal n.4 de Almería, con fecha 3 de Octubre de 2007, se dictó Sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " Que debo condenar y condeno como responsable de un delito de lesiones, con la concurrencia atenuante de arrebato, a Don Juan Ramón, a la pena de 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y al pago de costas. En cuanto a responsabilidad civil deberá indemnizar al perjudicado Víctor en la cantidad de 1.900 euros por las lesiones causadas y 48,77 euros por los gastos médicos.
No ha lugar a pronunciarse en este momento sobre la suspensión de la pena privativa de libertad."
Contra dicha Resolución, se interpuso Recurso de Apelación por la representación de D. Juan Ramón, admitido el cual, se dio traslado al Ministerio Fiscal, se elevaron las actuaciones a este Tribunal y dado el correspondiente trámite al Recurso, señalándose día para deliberación, votación y fallo el día 12 de Mayo de 2008.
Se aceptan y dan por reproducidos los que con tal carácter, refiere la sentencia recurrida.
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