SAP Valencia 685/2001, 5 de Noviembre de 2001

PonenteANA MARIA PEREZ TORTOLA
ECLIES:APV:2001:6087
Número de Recurso156/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución685/2001
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 6ª

SENTENCIA Nº 685

AUDIENCIA PROVINCIAL

VALENCIA

SECCION SEXTA

ILUSTRISIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

D. Vicente Ortega Llorca

MAGISTRADOS

Dª Ana Perez Tórtola

Dª Purificación Martorell Zulueta

En la Ciudad de Valencia, a cinco de noviembre de dos mil uno.

Vistos por la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Dª Ana Perez Tórtola, el juicio de Menor Cuantia 430/98 promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia núm.11 de Valencia por D. Carlos Daniel contra Julia , Jose Augusto , Pedro , Javier , sobre Nulidad Marca, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Julia , Jose Augusto , Javier , Pedro representado por el Procurador Sra. Mª Del Carmen Jover Andrey y Procuradora Sra. Eva Yarritu Bartual y dirigido por Letrado Dª. Sr. Santiago Soler Lerma y Sr. Salvador Villanueva Linau, y habiendo comparecido el apelado D. Carlos Daniel , representado por el procurador Dª Florentina Perez Samper y dirigido por el Letrado D. Maria Baylos Morales.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia apelada, pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia núm. 11 de Valencia dictada en fecha 31-7-99 contiene el siguiente: "FALLO: Que estima totalmente la demanda interpuesta por D. Carlos Daniel , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Florentina Perez Samper contra D. Jose Augusto , D. Pedro Y D. Javier , representados por la Procuradora de los Tribunales Dª. Eva Yarritu Bartual y contra los herederos de D. Jose Enrique : Dª Julia ,

D. Jesús María , Dª. María Rosario Y Dª Inmaculada , y contra Dª Ana , todos estos declarados en rebeldia, debo declarar y declaro la nulidad por violación de los derechos de autos de D. Carlos Daniel de la marca NUM000 " DIRECCION000 ", para la antigua clase 52, con expresa condena en costas a los demandados"

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el , admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia Provincial, donde oportunamentecomparecieron las partes, se tramitó la alzada con celebración de la Vista correspondiente el día 10 de Octubre de 2000 a las 9.30 a cuyo acto asistieron los Letrados de aquéllas, quienes solicitaron se dictara Sentencia conforme a las pretensiones de sus respectivos patrocinados.

TERCERO

Que se han observado las prescripciones y formalidades legales. Excepto en el plazo para dictar Sentencia habida cuenta de las mútiples ponenecias que pesan sobre la Ilma. Sra. Magistrada ponente, y la complejidad de las mismas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN LOS DE LA RESOLUCIÓN APELADA

PRIMERO

El examen de las cuestiones suscitadas en esta alzada conducen a considerar en primer término el propio contenido de la resolución impugnada. En efecto, tal como en parte se deduce de los antecedentes de la presente resolución, la sentencia apelada (folio 897 y siguientes) estima la demanda. En la misma se recuerda que el actor, D. Carlos Daniel , ejercita acción de declaración de nulidad de la marca nº NUM000 " DIRECCION000 " para la antigua clase 52 "ediciones, revistas, novelas, revistas infantiles, libros folletos y toda clase de publicaciones" contra sus actuales titulares D. Jose Augusto , D. Javier Y D. Jose Augusto , y contra los herederos de D. Jose Enrique , DÑA. Julia , D. Jesús María , DÑA. María Rosario Y DÑA. Inmaculada y contra DÑA. Ana ; subsidiariamente se solicita la declaración de caducidad por falta de uso: la estimación de la demanda se produce por el primer fundamento, pues tras analizar la prueba llega a la conclusión que el actor es el autor del personaje " DIRECCION000 ".Además, para establecer cuál ha sido el planteamiento del debate entre las partes, se precisa lo siguiente:

  1. Por la representación de la parte actora se estructura su demanda en los apartados siguientes: 1º "D. Carlos Daniel : CONOCIMIENTO Y PRESTIGIO DE SU PERSONAJE " DIRECCION000 ": a) el actor, dibujante y "creador" de éste y de otros personajes de ficción; b) su reconocimiento "social" como autor de " DIRECCION000 "...; y c) el "proyecto de hacer una serie de TV"; 2º "la marca gráfica nº NUM000 " DIRECCION000 "; 3º el reconocimiento de " DIRECCION001 de la autora del " DIRECCION000 " por parte de D. Carlos Daniel ; 4º la marca gráfica inscrita por D. Ernesto -propietario de DIRECCION001 - el 7 de abril de 1953 sin autorización para distinguir productos de la antigua clase 52 "ediciones, revistas, novelas, revistas infantiles...." y en 1971 también solicitó los mismos nominativos para la clase 9, "películas o cómic preferentemente cinematográficos o televisivos" y su falta de uso en España y 5º "la mala fe de los demandados". Se aporta con la demanda los documentos siguientes: un ejemplar de la "Historia del Tebeo Valenciano" (documento 1, folio 40 y siguientes), artículo escrito por D. Miguel ; copia del "Diccionario de Uso de la Historieta española" (documento, 2, folio 73 y siguientes) que atribuye al actor diversos personajes, entre ellos " DIRECCION000 "; el documento 3: primeras apariciones del personaje en "Jaimito" (documento 3, folio 77 y siguientes) hacia 1952; aparición posterior de revista con ese nombre (documento 4, folio 80 y siguientes); copia de un monográfico escrito por el propio autor (documento 5, folio 106); actividades actuales en "Viñetas", la colección "El Miquelet Galàctic" de Edicions Bromera o la colección Atifells (documentos 6 a 8, folio 111 a 166) y de publicidad para el Centro Cultural BANCAIXA i para FERROCARRILS DE LA GENERALITAT (documentos 9 y 10, folio 167 a 173); catálogo oficial del "XV Salón del Cómic" en Barcelona los días 8 a 11 de mayo (documento 11, folio 173 y siguientes en el que aparece un artículo de D. Jose Manuel ) y dossier de prensa de ese "Salón" (documento 12, folio 187 y siguientes), aportándose recortes de prensa (documentos 13 a 25, folio 216 y siguientes) y "certificaciones de la autoría" (documentos 26 a 33 de diversos organismos, editoriales e investigadores, folio 272 y siguientes: documentos suscritos por FOCOMIC, Salón Internacional del Comic del Principado de Asturias, Editorial Camacuc, S.L., D. Carlos Manuel , "El Boletín", D. Carlos José , D. Carlos María , D. Carlos Jesús ; documental haciéndose eco de la realización de una serie de TV (documentos 34 a 42, folio 290 y siguientes), apareciendo además en Internet (documento 43, folio 316 y siguientes); reconocimiento por parte de EDITORA... de su autoría (documento 44, folio 320 y siguientes) cuando era dirigida por el hijo, el SR. Jose Enrique ; la viuda e hijos de D. Ernesto son los propietarios de la marca (documento 45, folio 326 y 327); sobre la falta de uso se aporta el último número de " DIRECCION000 " el 1224 , la falta de actividad de EDITORA... (documentos 46 y 47, folio 329 y siguientes); copia de la solicitud, el 16 de mayo de 1996, para los intereses televisivos y cinematográficos (B.P.I., documento 48, folio 352 y siguientes).

  2. En su escrito de contestación, D. Jose Augusto y D. Javier (folio 371 y siguientes) se relata en primer lugar, en relación con la creación del personaje " DIRECCION000 ", que ésta corresponde a la Editorial DIRECCION001 ., propiedad del padre -popularidad a partir de los años 40-, a partir del " DIRECCION002 "- el " DIRECCION002 ", idea esta última que aparece en 1951-2 dibujado por D. Víctor , que trabajaba para la empresa como dibujante proyectista; en síntesis, se señala que no fue el creador el actor, que aunque dibujara gran parte de sus historietas, no era el único -por ejemplo el dibujante de lasportadas (documentos 3 a 10)-. Se defiende la titularidad y el uso y que viene a ser una obra colectiva; que los derechos de explotación pertenecen a la mercantil (documento 11, copia de instancia presentada ante la Dirección General de Información el 16 de julio de 1964), habiendo hecho uso de la misma no sólo a través de la revista al que el personaje daba título de cabecera ( " DIRECCION000 ") -que incorporaba distintas historietas entre ellas las de ese personaje (desde los años 50 hasta que desapareció en 1984)- sino que entre 1967 y 1971 se produjeron distintas películas de dibujos animados de los que el protagonista era " DIRECCION000 " (documento 12, un guión manuscrito por el Sr. Víctor , y documento 13, el presupuesto de la película, además de recibos por cantidades pagadas a Estudios Andro por DIRECCION001 ., por la realización de otra película, documentos 14 a 23). No se niega los méritos del actor como dibujante, ni su reconocimiento en el mundo periodístico de su trabajo pero el hecho de que en diversos medios se le haya reconocido como el creador de " DIRECCION000 " no le otorga dicha cualidad. Se aporta el nº 260 de "Jaimito" (documento 1). En segundo lugar, y en cuanto a la marca gráfica nº NUM000 , se aduce que el padre de estos demandados, D. Ernesto solicitó en efecto la solicitud sin recabar la autorización del demandante por las razones expresadas, pero con el conocimiento de todo el personal relacionado con la revista y el registro se practicó, además de en España, en diferentes países (documentos 24 a 28); que el que aparezca la firma en muchas historietas del SR. Carlos Daniel no significa que los derechos sobre el personaje sean suyos (lo mismo ocurriría con los personajes " DIRECCION003 " firmados por Fernando pero propiedad de la Editorial Bruguera); además, hay trabajos sobre el personaje de otros autores (documento 29 a 31); no se puede sostener que el SR. Carlos Daniel desconociera que la revistas ostentaba la titularidad de lo derechos sobre los personales, entre otras razones porque desde que se empezó a usarse el anagrama © ello es símbolo de reserva de derechos a favor de la DIRECCION001 (se aportan...

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