SAP Sevilla 461/2005, 30 de Noviembre de 2005

PonenteRUPERTO MOLINA VAZQUEZ
ECLIES:APSE:2005:4128
Número de Recurso5091/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución461/2005
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM. 461

ILTMOS. SRES.

MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES

DON RUPERTO MOLINA VAZQUEZ

DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS

En Sevilla, a treinta de noviembre de dos mil cinco.

VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario nº 103/03, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Dos Hermanas , promovidos por Padeco 96, S.L. contra Spaineco Producción, S.L.; sobre reclamación de cantidad; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia en los mismos dictada en tres de diciembre de dos mil cuatro .

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: ,Que estimando como estimo la demanda interpuesta por Padeco 96, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales Don Eladio Garcia de la Borbolla, contra Spaineco Producción, S.L. debo condenar y condeno a la referida demandada a abonar a la actora la suma de CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y CINCO EUROS CON DIAZ CENTIMOS (157.055,10 EUROS), más los intereses legales del art. 1.108 del Código Civil desde la fecha de la interpelación judicial y los del art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la de la presente resolución, así como al pago de costas procesales. Que desestimando la reconvención cmo desestimo la demanda reconvencional interpuesta por Spaineco Producción, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales Doña María José Medina Cabral, contra Padeco 96, S.L. debo absolver y absuelvo al referido demandado en reconvención de las peticiones contenidas en el suplico de la demanda reconvencional, con imposición de costas a la reconviniente."

PRIMERO

Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con losdebidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.

SEGUNDO

Por resolución de fecha veintisiete de octubre de dos mil cinco, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día diez de noviembre de dos mil cinco, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.

TERCERO

En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON RUPERTO MOLINA VAZQUEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

SPAINECO PRODUCCION, S.L. contrató con PADECO 96, S.L. la ejecución de determinadas obras en el Polígono La Isla c/ Rio Viejo, parcela 61, que las ejecutó según proyecto y dirección del Ingeniero Sr. Federico por la empresa MGP Ingenieria S.A. y el Arquitecto Tecnico Sr. Jose Pedro , emitiÉndose por SPAINECO pagarés y cambiales a cuenta de las certificaciones parciales, abonadas a su vencimiento excepto los correspondientes a la séptima certificación de obra por importe de 151.310,28 € devolviéndose impagados con los consiguientes gastos y formulando PAIDECO demanda en petición de 157.055,10 € a SPAINECO ésta reconviene en petición de condena solidaria a Paideco, MGP y Don. Federico y Jose Pedro para que ejecuten correctamente las obras contratadas, con reparación de los desperfectos recogidos en informes periciales aportados y petición de 173.958,80 € por lucro cesante y, para el supuesto de imposible ejecución ó negativa de hacerlo, 162.970,02 € para poder así ejecutarla y subsanar los defectos que dice cometidos.

De la prueba practicada la juez de instancia analiza la obra ejecutada en primer lugar y los pretendidos defectos y retrasos a continuación. Parte de que no hay contrato escrito ni, en consecuencia, plazo fijado de terminación. Los trabajos encomendados: pintura de estructura realizada por otra contratista, ejecución de cierre de bloques de hormigón, saneamiento interior y exterior, solera interior,...

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