STSJ Castilla y León 1223/2006, 14 de Julio de 2006

PonenteJOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS
ECLIES:TSJCL:2006:4211
Número de Recurso1223/2006
Número de Resolución1223/2006
Fecha de Resolución14 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 1.223/2006, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Dos de Palencia, de fecha 20 de abril de 2.006, (Autos núm. 17/2006), dictada a virtud de demanda promovida por Dª. María Inmaculada contra las Entidades recurrentes, sobre I.P.T. deE.C.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON JOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 19 de Enero de 2006 se presentó en el Juzgado de lo Social núm. Dos de Palencia demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia estimando referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes: "PRIMERO.- Que la actora presta sus servicios como limpiadora para la empresa MYRSA desde el 6 de noviembre del año 96 hasta el 14 de abril del año 2004, siendo su contrato a tiempo parcial de 24 horas semanales distribuidas de lunes a sábado a razón de seis días a la semana durante cuatro horas diarias, como limpiadora.- La actora tiene más de 59 años.- SEGUNDO.- La actora se encuentra en situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común desde el 2 de marzo del año 2003, e iniciado expediente administrativo de invalidez permanente, por el EVI se objetivan en fecha de 15 de marzo del año 2005 las lesiones que obran al folio 32 y siguientes de autos, que se dan íntegramente por reproducidos.- TERCERO.- Por resolución de 13 de octubre del año 2005 se deniega la prestación de invalidez permanente, de conformidad con la resolución que obra al folio 9 de autos, y que se da íntegramente por reproducida.- CUARTO.- Formulada reclamación previa en vía administrativa es desestimada por resolución de 7 de diciembre del año 2005 presentándose demanda en vía judicial solicitando: "declare a la demandante en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, condenando a las entidades demandadas a estar y pasar por esta declaración y a abonarle una prestación del setenta y cinco por cien de la base reguladora de 444,17 euros desde el 10 de octubre d 2005".- QUINTO.- La base reguladora de la prestación solicitada es de 444,17 Euros. La carencia exigida es de 3.375 días.- SEXTO.- La actora ha prestado sus servicios profesionales durante

2.713 días. En concepto de pagas extraordinarias ha cotizado durante 446 días, y por el período de incapacidad temporal hasta la fecha de 1 de noviembre del año 2004, 226 días más 37 días en concepto de pagas extras y hasta el 10 de octubre del año 2005 un total de 541 días.-".-TERCERO.- Interpuesto recurso de Suplicación contra dicha sentencia por la parte demandada, fue impugnado por la parte demandante, y elevados los Autos a esta Sala, se designó Ponente acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- La representación letrada de la Administración de la Seguridad Social impugna la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Palencia de 20 de abril de 2006, que declaró a DOÑA María Inmaculada afecta de incapacidad permanente total para su profesión habitual de limpiadora, por enfermedad común, con derecho a percibir una pensión del 75% de la base reguladora...

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