STSJ Comunidad Valenciana 421/2007, 5 de Marzo de 2007

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2007:2219
Número de Recurso465/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución421/2007
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUM:421/07

En el recurso contencioso-administrativo nº 465/04, interpuesto por DON Rosendo , representado por la Procuradora de los Tribunales Doña Rosa Correcher Pardo, contra la resolución de la Dirección General de la OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, de fecha 13.2.2004.

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y dirigida por el Abogado del Estado; siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña AMPARO PÉREZ NAVARRO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte actora para que formalizara demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia por la que estimando el recurso, revoque la resolución impugnada y acuerde la inscripción en el registro de la marca 2441073 GIORGIO & ENRICO.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en que suplica se dicte sentencia por la que se declare la conformidad a derecho de la resolución impugnada, absolviendo a la Administración del presente recurso.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni tampoco vista o conclusiones, sedeclaró el pleito concluso.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 22 de noviembre de dos mil seis.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia, debido al cúmulo de asuntos de especial complejidad que penden en la mesa del ponente.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra la resolución de fecha 13.2.2004, dictada por la Dirección General de la Oficina Española de Patentes y Marcas del Ministerio de Ciencia y Tecnología, que estima el recurso de alzada formulado por WHG WESTDEUTSCHE HANDELGESELLSCHAFT MBH, contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha

7.10.2002, por la que se acordó conceder la marca denominativa "GIORGIO & ENRICO", en clase 25, número 2.441.073/X,. y que fue solicitada por Don Rosendo .

SEGUNDO

Para la resolución del supuesto traído a nuestra consideración, se impone hacer referencia a los siguientes hechos que se derivan del expediente administrativo:

  1. )- Con fecha 26.3.2002, el recurrente presentó en la Oficina Española de Patentes y Marcas, instancia de solicitud de la marca denominativa "GIORGIO & ENRICO", clase 25ª, número 2.441.073/X.

  2. )- Presentada oposición por la marca comunitaria nº 96479 (4) "GIORGIO", clase 25, se decretó el suspenso del expediente y contestado el mismo, por resolución de fecha 7.10.2002 , se acordó la concesión de la marca solicitada, al no considerarse la oposición de la marca antes aludidas, por su diferencia denominativa, pudiendo convivir ambas en el mercado sin riesgo de error o confusión.

  3. )- WHG WESTDEUTSCHE HANDELGESELLSCHAFT MBH, titular de la marca comunitaria "GIORGIO", interpuso recurso de alzada contra la resolución de concesión de la marca, que fue estimado por resolución de la Dirección General de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 13.2.2004 y que constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo.

TERCERO

El amparo normativo de la resolución administrativa denegatoria de la marca, que fue solicitada por el hoy actor, se encuentra en el artículo 12.1 a) de la Ley 32/1988, de 10 de noviembre, de Marcas a cuyo tenor no podrán registrarse como marcas los signos o medios:

"Que por su identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca anteriormente solicitada o registrada para designar productos...

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