SAP Sevilla 43/2002, 29 de Julio de 2002

PonenteMARGARITA BARROS SANSIFORIANO
ECLIES:APSE:2002:3430
Número de Recurso3871/2002
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución43/2002
Fecha de Resolución29 de Julio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 4ª

SENTENCIA N° 43/02

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JOSÉ MANUEL DE PAÚL VELASCO

Dª. MARGARITA BARROS SANSINFORIANO, ponente.

D. ENRIQUE GARCÍA LÓPEZ CORCHADO

En la ciudad de Sevilla, a veintinueve de julio de dos mil dos.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial ha visto en juicio oral y público la causa arriba referenciada, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 3 DE Alcalá de Guadaira (Sevilla), dimanante del Sumario núm. 1/01, seguida por delitos contra la salud pública, depósito de armas y depósito de municiones, este Tribunal ha deliberado y resuelto como a continuación se expone.

ANTECEDENTES PROCESALES

PRIMERO

Han sido partes:

- El Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr. Don Javier Soto Díaz.

- El procesado Juan Carlos con D.N.I. núm. NUM000 , nacido en Ronda (Málaga), el día 22-11-1953, hijo de Joaquín y de Dolores, con domicilio en Alcalá de Guadaira (Sevilla), declarado solvente parcial, con antecedentes penales no computables y en prisión provisional, por esta causa desde el 18-mayo-2001; representado por el Procurador Don Víctor Alcántara Martínez y defendido por el Letrado Don Manuel Castaño Martín.

- El procesado Luis Alberto , con D.N.I. núm. NUM001 , nacido en Ronda (Málaga) el día 9-10-1982, hijo de Joaquín y de Ana, con domicilio en Ronda (Málaga), declarado solvente parcial, sin antecedentes penales y en libertad provisional, de la que ha sido privado por esta causa desde el 18-5-2001 hasta el 18-7-2001; representado por el Procurador Don Víctor Alcántara Martínez y defendido por el Letrado Don Manuel Castaño Martín.

- El procesado Jose Daniel con D.N.I. núm. NUM002 , nacido en Ronda (Málaga) el día 3-7-1961, hijode Miguel y de Francisca, con domicilio en Alcalá de Guadaira (Sevilla), declarado insolvente, con antecedentes penales no compatibles y en prisión provisional, por esta causa desde el 18-5-2001; representado por el Procurador Don Víctor Alcántara Martínez y defendido por el Letrado Don Francisco Errazquin Ramos.

SEGUNDO

El juicio oral ha tenido lugar en audiencia pública el día 15 de Julio de 2.002, practicándose con el resultado que consta en autos las siguientes pruebas: interrogatorio de los procesados, declaración de los testigos propuestos y no renunciados, informe de los peritos propuestos y no renunciados, y documental por reproducida.

Las partes renunciaron a las testificales de los agentes de la Guardia Civil NUM003 y NUM004 que no comparecieron por hallarse de baja. Asimismo renunciaron a las testificales de Amanda y Luis Andrés , que no comparecieron, al igual que a la pericial de Doña Luisa .

TERCERO

El Ministerio Fiscal formuló conclusiones definitivas, considerando los hechos como constitutivos de sendos delitos de: un delito de depósito de armas de fuego del artículo 566.2° en relación con el artículo 567. 3° del Código Penal, un delito de depósito de municiones del artículo 566. 2° en relación con el artículo 567. 4° del Código Penal, un delito contra la salud pública de los artículos 368 inciso 1° en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, notoria importancia, y 369. 3° del Código Penal, considerando autores a los tres acusados, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, procediendo imponer a cada uno de los autores: por el delito de depósito de armas la pena de 3 años de prisión, por el delito de depósito de municiones la pena de 3 años de prisión, por el delito contra la salud pública la pena de 11 años de prisión y multa de 175.839'8 euros, con aplicación del artículo 53 del Código Penal en caso de impago. Comiso de los efectos y sustancia ilícita intervenida, dándole el destino legal.

CUARTO

Las defensas formularon conclusiones definitivas solicitando la libre absolución de sus patrocinados.

HECHOS PROBADOS

A raíz de las investigaciones y labores de vigilancia realizadas por el Grupo I de la Sección de Policía Judicial e información de la Guardia civil, se vino en conocimiento de que en las edificaciones existentes en la parcela número NUM005 de la URBANIZACIÓN000 , de Alcalá de Guadaira (Sevilla), podían estarse llevando a cabo actos de tráfico de drogas. En virtud de ello, se solicitó por el grupo dicho, mandamiento de entrada y registro en las dos edificaciones de la parcela n° NUM005 de la URBANIZACIÓN000 , que fue concedido por el Juzgado de Instrucción n° 3 de Alcalá de Guadaira.

Dicho registro se inició el día 18 de Mayo de 2001, a las 7 de la mañana por el Grupo de Policía Judicial de la Guardia Civil solicitante, con la asistencia de la Sra. Secretaria del Juzgado de Instrucción.

En el curso del registro se hallaron los siguientes efectos, que fueron intervenidos:

  1. - En cada una de las dos palmeras existentes tras la puerta de entrada a la parcela, escondidas entre las hojas, dos bolsas de plástico, guardando una de ellas dos pistolas que originariamente eran pistolas detonadoras marca ,Tanflogio Giuseppe", modelo gt 28", calibre 8 mm., transformadas en arma de fuego aptas para disparar munición metálica de balas del calibre 6'35 mm., en perfecto estado de funcionamiento y a las que han grabado la inscripción ,ASTRA CAL 6'35". La otra bolsa contenía dos pistolas también, una de idénticas características a las mencionadas y otra marca ,F.N. Browning", modelo

    35 GP, calibre 9 mm. parabellum, con n° de identificación NUM006 , en estado de funcionamiento ambas, y junto a ellas en la bolsa, tres cargadores de las pistolas ASTRA 6'35 mm., con cartuchos de 6'35. Las cuatro pistolas se encontraban perfectamente conservadas al estar impregnadas en aceite y envueltas con trapos y papeles.

  2. - En la primera edificación, de color albero, vivienda del acusado Jose Daniel , en el dormitorio del fondo se intervino una escopeta de caza de cañones yuxtapuestos marca ,Martín Ugarteburu" del calibre 12, con número de identificación NUM007 , cinco cajas de 50 cartuchos de munición metálica 9 mm parabellum y una caja de 50 cartuchos metálicos para revólver calibre 357 magnum, así como una tarjeta Travel con restos de polvo blanco y bolsas de plástico recortadas. El acusado Jose Daniel carece de guía de escopeta y de licencia de armas.

  3. - En la segunda edificación, de color azul, que constituía la vivienda del acusado Juan Carlos y sufamilia, se intervinieron en total cinco escopetas que identificadas resultaron ser, una carabina de aire comprimido marca ,Norica", modelo 56 calibre 4.5 mm., con número de identificación NUM008 en buen estado de funcionamiento; una escopeta de cañones superpuestos marca ,Lamber", calibre 12, con número de identificación NUM009 , en funcionamiento, legalizada mediante guía de pertenencia NUM010 ; carabina semiautomática marca ,Anchutz" calibre 22 Long Rifle, con número de identificación NUM011 , en perfecto estado de funcionamiento y cargada con seis balas del calibre 22 LR Águila, legalizada con guía número NUM012 ; escopeta de un solo cañón sin marca visible del calibre 12, con número de identificación 1511 en estado de funcionamiento. Y escopeta marca ,Benelli" Premium calibre 12 con número de identificación NUM013 con guía de pertenencia NUM014 .

    En el mismo dormitorio en un cajón de una cómoda cuatro navajas y en el interior del armario dos cajas azules y una negra con abundantes joyas: 30 anillos de oro, 50 pendientes de oro, 10 esclavas de oro, 15 cordones y cadenas de oro, 3 semanarios de oro, un reloj de oro, 20 piezas variadas y otras 20 incompletas, varias de ellas procedentes de robos.

    En la parte superior del armario se localizaron tres navajas grandes y varias pequeñas y munición metálica del calibre 22, dos cananas con 145 cartuchos, una caja de 50 cartuchos metálicos del calibre 22 marca Rémington, una bolsa conteniendo 67 cartuchos metálicos del calibre 22 marca Rémington y Águila, dos cajas con munición metálica, una bala de cetme, un par de prismáticos marca Rusia y un paquetito que resultó ser una papelina de heroína de 0'426 grs. Dichos efectos fueron intervenidos.

    En la cocina se encontró una balanza de precisión, una pistola de aire comprimido marca Walter, modelo CP88, calibre 4 5 mm., con número de identificación NUM015 , en estado de funcionamiento, no legalizada y unos prismáticos.

    En el exterior junto a la vivienda, bajo una chapa metálica se intervienen cinco cartuchos de revolver del calibre 22, una bolsita con hierba picada que analizada resultó ser marihuana con peso de 4'236 grs., con un porcentaje de THC de 1'65%, un trozo de hachís de 13'966 grs., con un 5'21% de THC, una bolsa con polvo blanco que analizada pesó 5'093 grs., con una riqueza de cocaína de 81'80% y una bolsa con resina de hachís de 14'054 grs con un contenido de 1'075% de THC.

    Junta a la cochera de chapa, bajo la tierra y al lado de una jaula de monos, se intervienen dos bolsas con billetes de curso legal que suman 7.580.000 pesetas y cinco paquetes de drogas que analizadas dio positivo a cocaína en la siguiente cantidad:

    - Paquete con peso de 980 grs y pureza del 83'61%

    - Paquete de 998 grs y pureza de 85'02%

    - Paquete de 1000 grs y pureza de 82'46%

    - Paquete de 1001 grs y pureza de 74'89%

    - Paquete de 1018 grs y pureza de 37'84%

    En el techo de la cochera de chapa, una caja de munición metálica del calibre 22 y una caja con 34 cartuchos metálicos de 9mm. Parabellum. En un armario de esta cochera se intervienen, asimismo, otras dos cajas de munición metálica del calibre 22 y un silenciador del calibre 22, apto y preparado para adaptarlo a la boca de fuego de la carabina semiautomática marca Anchutz del calibre 22 y un machete.

    En un árbol, junto a la jaula de monos, se intervienen seis cartuchos metálicos 9 mm parabellum.

    En un apartamento anexo a la vivienda del acusado Juan Carlos y guardado en la mesita de noche se interviene una bolsita de cocaína con peso de 1'521 grs,...

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