SJCA nº 7 121/2014, 5 de Mayo de 2014, de Barcelona

PonenteANDRES MAESTRE SALCEDO
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2014
Número de Recurso197/2012

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 7 DE BARCELONA

Recurso contencioso-administrativo abreviado nº 197/2012-C

SENTENCIA nº 121 /2014

En Barcelona a 5 de mayo de 2014

Vistos por mí, ANDRÉS MAESTRE SALCEDO, Magistrado Juez titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 15 de Barcelona y su provincia en sustitución del Juzgado de lo C-A nº 7 de Barcelona, los presentes autos de recurso contencioso administrativo nº 197/2012, apareciendo como demandante la entidad Tessag Ibérica SA, asistida del letrado sr Luís Rafael Gallego, y como Administración demandada, el Departament d'Empresa i Ocupació de la Generalitat de Catalunya, representada y defendida por el letrado sr Ferran Lasso de la Vega, todo ello en el ejercicio de las facultades que me confieren la Constitución y las Leyes, y en nombre de S.M. El Rey, he dictado la presente Sentencia con arreglo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Interpuesto por la parte actora, a través de su representación procesal en autos, el pertinente recurso contencioso administrativo contra la/s resolución/es administrativa que se cita/n en el fundamento de Derecho primero de esta mi sentencia, y cumplidos los trámites y prescripciones legales procedimentales propiamente dichos, con el resultado alegatorio que es de ver en autos, y destacando que la cuantía del presente pleito es de 25.001,00 euros, pasaron seguidamente las actuaciones a SSª para dictar Sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso contencioso administrativo consiste en la impugnación de la resolución administrativa dictada por la Secretaria d'Ocupació i Relacions laborals del Departament demandado, de fecha 9-11-11, desestima las alegaciones de la parte recurrente contenidas en su recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 26-7-11 de la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo, que impone a la aquí actora la sanción de 25.001,00 euros (cuantía mínima del tramo medio) por una infracción MUY GRAVE del art 8.3 del TR RDLegislativo 5/2000 de 4 de agosto aprobatoria de la Ley de infracciones y sanciones en el orden social (en adelante LISOS) que establece "el cierre de empresa o el cese de actividades, temporal o definitivo, efectuados sin la autorización de la Autoridad laboral, cuando fuere preceptiva" , relacionada con el incumplimiento de lo que disponen los arts 4.2,a ) y 51 del Estatuto de los Trabajadores (en adelante ET) aprobado por TR RDLegislativo 1/95 de 24 de marzo, en nuestro caso haber despedido a trabajadores, de forma colectiva, sin haber iniciado los trámites de expediente de regulación de empleo (en adelante ERE) del art 51 ET . Recuérdese que la sanción de autos deriva de una acta de infracción cursada por la Inspección de Trabajo en la que se constata según ésta cómo la actora dio de baja en fecha 30-11-10 a 56 trabajadores (de un total de 75) con motivo de haber finalizado la contrata de servicios que aquélla tenía Endesa Distribución Eléctrica, habiendo sucedido en tal contrata en el lugar de la actora, las empresas Cobra Instalaciones y Servicios SA y Eiiffage Energía SL. Consiguientemente, no es objeto de este juicio posibles incumplimientos de subrogación de trabajadores de las nuevas empresas adjudicatarias de la contrata por mor de lo establecido en el art 44 ET .

La parte demandante fundamenta su pretensión de anulación de la resolución administrativa "ut supra" referenciada, esencialmente en inexistencia de responsabilidad en la parte recurrente; en infracción del art 18.4 del RD 928/98 de 14 de mayo aprobatorio del Reglamento General de Procedimientos y art 18 del RD 138/2000 de 4 de...

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