STSJ Comunidad Valenciana 932/2008, 16 de Septiembre de 2008

PonenteFRANCISCO HERVAS VERCHER
ECLIES:TSJCV:2008:5868
Número de Recurso1784/2005/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución932/2008
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

932/2008

Procedimiento Ordinario - 001784/2005

N.I.G.: 46250-33-3-2006-0011843

Recurso nº 1784/05

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

S E N T E N C I A nº 932/08

Ilmos. Srs.:

PRESIDENTE

D. Mariano Ferrando Marzal

MAGISTRADOS:

D. José Martínez Arenas Santos

D. Francisco Hervás Vercher

En la ciudad de Valencia a dieciséis de septiembre de dos mil ocho.

VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos nº 1784/05, seguidos entre partes, de la una y como demandante, la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores, representada por la Procuradora Dª María Ángeles Gómez Escrihuela y dirigida por el Letrado D. Francisco Javier López Gil; y de la otra, como Administración demandada, el Ayuntamiento de Orihuela, representada por la Procuradora Dª Elena Gil Bayo y dirigida por el Letrado D. Gabriel Ruiz Server, recurso interpuesto por la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores contra el Decreto del Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Orihuela de 3 de agosto de 2005 por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2005.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La indicada Procuradora, actuando en nombre y representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el presente recurso contencioso administrativo contra el acto administrativo ya reseñado.

Segundo

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y FUNDAMENTOS DE DERECHO que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

Tercero

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en los autos, finalmente se señaló el día 13 de marzo de 2008 para votación y fallo, diligencia que ha tenido lugar en la fecha fijada y sucesivas.

Cuarto

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

Siendo ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Francisco Hervás Vercher.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso contencioso administrativo se ha interpuesto por la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores contra el Decreto del Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Orihuela de 3 de agosto de 2005 por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2005.

Segundo

Plantea el Ayuntamiento de Orihuela en su contestación a la demanda la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo interpuesto, al amparo de lo dispuesto en el artículo 69.e en relación con el artículo 46 LJCA, por considerar que fue interpuesto transcurrido el plazo de dos meses que establece esta norma.

Se alega por la representación municipal que la resolución objeto de recurso fue notificada a la Sección Sindical de la Unión General de Trabajadores el 7 de septiembre de 2005, en tanto el recurso jurisdiccional fue presentado el 27 de diciembre de 2005.

Por la parte actora se aduce que el citado acuerdo fue publicado en el BOE de 31 de octubre de 2005, y es partir de esa fecha cuando hay que contar los dos meses, en cuyo caso el recurso estaría interpuesto dentro de plazo.

Efectivamente, siendo necesaria la publicación del acuerdo, es a...

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