SAP Cáceres 6/2001, 5 de Febrero de 2001

PonenteMARIA ROSARIO ROCIO ESTEFANI LOPEZ
ECLIES:APCC:2001:72
Número de Recurso4/2001
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución6/2001
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 2ª

SENTENCIA N°6/2001

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

Dª. Mª FELIX TEMA ARAGON

MAGISTRADOS

D. PEDRO V. CANO MAILLO REY

Dª. Mª ROSARIO ESTEFANI LOPEZ

ROLLO N° 4/01

JUICIO ORAL N° 352/00

JUZGADO DE LO PENAL N°. 1

DE CACERES

En Cáceres, a cinco de febrero de dos mil uno.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero

Que por el Juzgado de lo Penal n° 1 de Cáceres, en el Juicio Oral reseñado al margen, seguido por un delito de ROBO CON FUERZA, se dictó Sentencia de fecha 30-11-00, cuyos hechos probados y Fallo son del tenor literal siguiente: HECHOS PROBADOS: El acusado, Ángel Jesús , mayor de edad, ejecutoriamente condenado en sentencias de fecha 6 de Mayo de 1.997 por delito de robo a la pena de 1 año de prisión menor, y 22 de Septiembre de 1.997 por otro delito de robo de 1 año de prisión, realizó en Cáceres entre el 14 y el 23 de Abril de 2.000, los siguientes hechos con la finalidad de obtener un ilícito beneficio. A) Aprovechando que desde el 1 de Abril compartía un piso de estudiantes situado en la calle DIRECCION000 n° NUM000 puerta NUM001 - NUM002 - DIRECCION003 , junto con Jose Carlos y los hermanos Felipe y Carlos Francisco , y que sus tres compañeros abandonaron el piso para disfrutar de sus vacaciones de Semana Santa el día 14 de Abril, dejándole sólo en la referida vivienda, entre esta última fecha y el 23 de Abril se apoderó de dinero y otros efectos pertenecientes a aquellos. Concretamente, a Jose Carlos le quitó un disco compacto musical, un reloj de pulsera marca Festina y unas 2.000 pts en metálico, todo ello tasado en 45.000 pts. Y a Carlos Francisco 57.000 pts en metálico, un "Walk-man" y un par de zapatos valorados por el perjudicado en 8.000 pts. B) Así mismo, entre el 14 y el 23 de Abril, cogió también de la habitación de Jose Carlos una tarjeta de crédito a su nombre de Caja Duero y tras encontrar el número secreto rebuscando entre sus papeles, efectuó dos reintegros en sendos cajeros automáticos:uno por importe de 22.000 pts en la oficina de la Caixa situada en la calle Évora n° 10 y otro de 1.000 pts en la Agencia Urbana número tres e Caja Duero, situada en la calle Caupolicán. C) Entre el 19 y el 23 de Abril, penetró en el Centro de Salud "Zona Sur San Jorge", que estaba cerrado al público, rompiendo una ventana y tras romper así mismo la cerradura de la puerta del despacho del facultativo de dicho Centro D. Serafin , se apoderó de un reproductor de discos compactos pertenecientes a dicha persona y tasado en 15.000 pts y de un talonario de recetas del INSALUD que estaba en blanco, pero tenía el sello del referido médico estampado en todas las recetas. Los daños causados han sido tasados en 15.000 pts. No ha podido acreditarse que fuese el acusado el autor de otro hecho similar acaecido en el mismo período de tiempo y en el que se sustrajeron en ese mismo centro otros objetos. Sobre las 6,40 horas del 23 de Abril, tras romper dos cristales del kiosko denominado " DIRECCION001 ", situado en el Paseo DIRECCION002 y regentado por Begoña , penetró en el interior y no le dio tiempo a llevarse nada, puesto que fue detenido dentro del local por efectivos policiales, que procedieron asimismo a la intervención del reloj de pulsera propiedad de Jose Carlos , del talonario de recetas, y de una bolsa que contenía una cinta de video y 160 bolsitas que contenían bisutería variada. El valor de los dos cristales fracturados por el acusado, ascienden a 7.000 pts. Como el kiosko quedó abierto y sin vigilancia policial, autor o autores desconocidos se llevaron frutos secos y otros productos de alimentación por importe de más de 200.000 pts., causando otros daños no tasados, pero que la perjudicada valora en unas 300.000 pts. La policía entregó en calidad de depósito el reloj a Jose Carlos , y el talonario al indicado médico, aunque le faltaban la mayor parte de las recetas, no habiéndose podido determinar qué hizo el acusado con ellas. No se ha podido averiguar la titularidad de la cinta de video ni de los artículos de bisutería. El día 25 de Abril el acusado fue puesto en libertad provisional por el Juez de Guardia; y el 27 del mismo mes se presentó voluntariamente en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, al enterarse de que le estaban buscando al haberse descubierto los hechos descritos en los apartados A), B) y C), haciendo entrega en las dependencias policiales del "Walk-man" sustraído a Carlos Francisco , aunque negó que se hubiese apoderado del mismo, inventándose una razón totalmente falsa para justificar la tenencia de dicho aparato, que fue entregado a su propietario en calidad de depósito. El acusado fue puesto en libertad...

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