SAP Las Palmas 91/2014, 4 de Abril de 2014

PonenteSECUNDINO ALEMAN ALMEIDA
ECLIES:APGC:2014:733
Número de Recurso190/2014
ProcedimientoAPELACIóN SENTENCIA MENORES
Número de Resolución91/2014
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 1ª

SENTENCIA

Presidente

D./Dª. MIGUEL ÁNGEL PARRAMON I BREGOLAT

Magistrados

D./Dª. SECUNDINO ALEMÁN ALMEIDA(Ponente)

D./Dª. IGNACIO MARRERO FRANCÉS

En Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de abril de 2014.

Visto en esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas el recurso de apelación interpuesto por el/la Letrado/a D./Dña. Carlos M. Cabrera Cabrera, actuando en defensa del menor Esteban

; contra la sentencia de fecha 30 de diciembre de 2013 del Juzgado de Menores Número Uno de Las Palmas, Expediente del Menor 287/2013, que ha dado lugar al Rollo de Sala 190/2014, en la que aparece como parte apelada el Ministerio Fiscal; siendo ponente el Ilmo. Sr. D. SECUNDINO ALEMÁN ALMEIDA, quién expresa el parecer de esta Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la referida sentencia se contiene el siguiente fallo: "Que debo imponer e impongo al menor Esteban, como responsable en concepto de autor de un delitos de maltrato familiar, previstos y penados en el artículo 153.2 y 3 del Código Penal, así como de un delito de amenazas, tipificado en el artículo 169.1 del citado cuerpo legal, la medida de dos años de internamiento terapeutico en régimen semiabierto, a cumplir en en un primer periodo de un año y ocho meses de internamiento terapeutico en régimen semiabierto, y un segundo periodo de cuatro meses de libertad vigilada, con el contenido que se expresa en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución."

SEGUNDO

Contra la indicada resolución se interpuso recurso de apelación por la defensa del menor sancionado, con las alegaciones que constan en el escrito de formalización, sin solicitar nuevas pruebas, que fue admitido en ambos efectos, dando traslado del mismo por diez días al Ministerio Fiscal y demás partes personadas con el resultado que obra en autos.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia en fecha 26 de febrero de 2014, a cuya presente sección turnó en reparto en fecha 27 del mismo mes, se convocó al Fiscal, a la parte apelante y demás partes personadas a la vista prevista en el art. 41 de la LO 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, fijándose al efecto el 4 de abril de 2014; tras lo cuál se procedió a su deliberación, votación y fallo, quedando las actuaciones pendientes de sentencia.

QUINTO

El menor está sometido a medida cautelar de internamiento terapéutico en centro de régimen semiabierto por plazo se seis meses proporrogables por otros tres, habiéndose acordado dicha prórroga por auto de 14 de enero de 2014 del Juzgado de Menores, expirando dicha medida cautelar el 15 de abril de 2014.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan íntegramente los hechos probados de la sentencia recurrida.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se recurre en apelación la sentencia de instancia en lo relacionado al juicio de tipicidad por uno de los hechos objeto de condena, las amenazas, considerando el apelante que debiere haberse subsumido en el delito del art....

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