SAP León 262/2001, 27 de Diciembre de 2001

PonenteJOSE RODRIGUEZ QUIROS
ECLIES:APLE:2001:2227
Número de Recurso5095/2001
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución262/2001
Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 1ª

SENTENCIA N°262-01

Iltmos. Sres.

D. José Rodríguez Quirós.- Presidente

D. Alfonso Lozano Gutiérrez.- Magistrado

D. Manuel García Prada.- Magistrado

En la Ciudad de León a veintisiete de Diciembre de dos mil uno.

VISTOS ante el Tribunal de esta Sección Primera, en Audiencia Publica y en grado de apelación los autos de Procedimiento Abreviado número 1/00, procedentes del Juzgado de lo Penal n° 1 de León, habiendo sido partes como apelante Ministerio Fiscal, y como apelados Víctor ; Gerardo ; Filomena y Alvaro Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. José Rodríguez Quirós.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de lo Penal núm de León, en fecha 4 de Abril de dos mil uno se dictó Sentencia, cuya relación de hechos probados es del tenor literal siguiente "HECHOS PROBADOS: Se declara expresamente probado que Gerardo , Filomena y Alvaro , vecinos de la localidad de Villar de las Traviesas (León), miembros de la comisión nombrada por la Junta de vecinos de la citad localidad, dirigieron al Presidente de la Junta Vecinal de dicha entidad local menor, Daniel , mayor de edad y sin antecedentes penales, un escrito fechado el 3 de octubre de 1.997, en el que, con el fin de realizar un control de la situación económica de la Junta Vecinal, sé exponía y solicitaba lo siguiente: " a la vista de lo dispuesto en el artículo 207 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, en el que se regula el derecho de todos los ciudadanos a "obtener copias y certificaciones acreditativas de los Acuerdos de los órganos de gobierno y Administración de las entidades locales y de sus antecedentes documentales... "interesamos que con la mayor urgencia el Sr. Alcalde presidente de esta Junta vecinal nos entregue l.- Certificación de los acuerdos tomados por la junta vecinal -si los hubiere tomado en su día aprobando las cuentas y presupuesto de esta entidad local menor de Villar de las Traviesas, correspondientes a los años 1.996, 1.995, 1.994, 1.993, 1.992, 1.991, 1.990, 1.989, 1.988 y 1.987.II.-Certificación de los asientos por ingresos y gastos que recojan todos los ingresos habidos y los gastospagados por esta entidad local menor, durante los ejercicios económicos antes relacionados de 1.996,

1.995, 1.994, 1.9993, 1.992, 1.991, 1.990, 1.989, 1.988 y 1.987". Como el acusado, Presidente de la Junta Vecinal, no atendió esta petición, en ninguno de sus extremos, los citados vecinos le dirigieron el 6 de noviembre de 1.997, un nuevo escrito, por el mismo conducto, en el que se pedía: "Teniendo en cuenta que la petición se ha formulado al amparo y de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 18.1 e) y 70.3 de la Ley de Bases de Régimen Local 7/ 1.985, de 2 de abril, art° 49, 69, 178 y 460 del Real Decreto aprobando el texto refundido de la Ley de Régimen Local 781 / 1.99986, de 18 de abril, así como el art° 207 del Real Decreto 1.568/86 de 28 de noviembre, comprensivo del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales, que impone al Alcalde presidente de eta entidad local menor, la ineludible obligación de entregar a los que suscriben, las certificaciones pedidas y a su amparo reproducimos la petición a fin de que el Sr. Presidente de la Junta Vecinal nos haga entrega de 1.- Extienda y nos entregue certificación del resumen de ingresos y...

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