SAP Huelva 8/2001, 29 de Enero de 2001

PonenteMARIA ISABEL PRIETO RODRIGUEZ
ECLIES:APH:2001:96
Número de Recurso95/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución8/2001
Fecha de Resolución29 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 8

Iltmo. Sr. Magistrados de la Sala:

Presidente:

  1. Francisco J. Martín Mazuelos

Magistrados:

Dª Isabel Prieto Rodríguez

Dª. Mercedes Izquierdo Beltrán

En Huelva, a veintinueve de enero de dos mil uno.

Esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados anotados al margen bajo la Ponencia de la Iltma. Sra. Dª Isabel Prieto Rodríguez, ha visto en juicio oral y público, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 9 de Huelva, seguida, por el procedimiento abreviado, por delito contra la salúd pública contra Marta , con D.N.I. NUM000 , hija de Jon y Mercedes , nacida el 20/05/1950, natural de Almendralejo (Badajoz), vecina de Huelva, Avda. DIRECCION000 , NUM002 , sin antecedentes penales, declarada insolvente, y en situación de libertad provisional por esta causa, defendida por el Letrado Sr. Pérez Pedraza y representada por la Procuradora Sra. Galván Rguez.; contra Raquel , con D.N.I. nº NUM001 , hija de Benito y Sara , nacida el 12/4/1967, natural de Huelva, vecina de Huelva, Avda. DIRECCION000 , NUM002 , sin antecedentes penales, declarada parcialmente solvente, en situación de libertad provisional por esta causa, defendida por el Letrado Sr. Pérez Pedraza y representada por la Procuradora Sra. Galván Rguez., contra Luis Angel , con D.N.I. nº NUM003 , hijo de Isidro e Amanda , nacido el 24/02/1970, natural de Huelva, vecino de Huelva, DIRECCION000 , NUM002 , sin antecedentes penales, en situación de libertad provisional por esta causa, declarado insolvente, defendido por el Letrado Sr. Pérez Pedraza y representado por la Procuradora Sra. Galván Rguez.; contra Alberto , con D.N.I. nº NUM004 , hijo de Benito y Consuelo , nacido el 19/06/1976, natural de Huelva, vecino de Huelva, DIRECCION000 , NUM002 , sin antecedentes penales, declarado parcialmente solvente, en situación de libertad provisional por esta causa, defendido por el Letrado Sr. Pérez Pedraza y representando por la Procuradora Sra. Galván Rguez.; contra Carlos Francisco , con D.N.I. nº NUM005 , hijo de Pablo y Pilar , nacido el 10/09/1972, natural de Granada, vecino de Sanlucar la Mayor (Sevilla), C/ BARRIADA000 c/ D, nº NUM006 , sin antecedentes penales, declarado insolvente, y en situación de libertad provisional por esta causa, defendido por el Letrado Sr. Rojo Alonso deCaso, y representado por la Procuradora Sra. Moreno Cabezas; contra Humberto , con D.N.I. nº NUM007 , hijo de Miguel Ángel y Asunción , nacido el 22/07/1975, natural de Málaga, vecino de San Isidro de la Rinconada, C/ DIRECCION001 Bloque NUM008 , NUM009 B, con antecedentes penales, declarado solvente, y en situación de libertad provisional en esta cuasa, defendido por el Letrado Sr. Torres Toronjo y representado por el Procurador Sr. Hinojosa Guzmán; contra Luis Francisco , con D.N.I. nº NUM010 , hijo de Marcelino y Mariana , nacido el 1/01/1977, natural de Sevilla, vecino de San Isidro de la Rinconada, Barriada DIRECCION002 nº NUM011 , NUM012 Izquierda, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta a esta Audiencia, y en situación de libertad provisional por esta causa, defendido por el Letrado Sr. Macías Gómez y representado por el Procurador Sr. Hinojosa Guzmán; y contra María Rosa , con D.N.I. nº NUM013 , hija de Francisco y Antonia , nacida el 29/06/1974, natural de Ciudad Rodrigo (Salamanca), vecina de Sanlucar la Mayor (Sevilla), BARRIADA000 C/ D nº NUM006 , sin antecedentes penales, declarada solvente y en situación de libertad provisional, defendida por el Letrado Sr. Rojo Alonso de Caso y representada por la Procuradora Sra. Moreno Cabezas, proceso penal en que, además de los anteriores, es parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Incoadas Diligencias Previas por el Juzgado de Instrucción nº 9 de Huelva y continuada su tramitación por el Procedimiento Abreviado, el Ministerio Fiscal formuló acusación contra Carlos Francisco , Raquel , Marta , Alberto , Luis Angel , María Rosa , Luis Francisco y Humberto .

SEGUNDO

Presentados escritos de defensa por los representantes de los acusados, y remitada la causa a esta Audiencia Provincial para el enjuiciamiento de los hechos, se admitieron las pruebas propuestas por las partes reputadas pertinentes y se señaló el acto del juicio oral para el día 16 de enero de 2001, en cuyas fechas tuvo lugar con el resultado que consta en acta, quedando el juicio visto para sentencia en fecha 17 de enero siguiente.

TERCERO

En dicho acto, el Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como contitutivo de un delito contra la salúd pública del art. 368 del código Penal en su modalidad de tráfico de sustancia que causa daño grave daño a la salúd, estimando criminalmente resposable del mismo a Carlos Francisco , Raquel y Marta para los que solicita la pena de 5 años de prisión y multa de 600.000 ptas, así como a Alberto , Luis Angel , María Rosa , Humberto y Humberto para quienes interesa la pena de 4 años de prisión y multa de 600.000 ptas, con accesoria para todos ellos de suspensión de empleo o cargo público durante el tiempo de la condena y pago de las costas proporcionalmente.

Solicitó asimismo el Ministerio Fiscal el comiso y destrucción de la sustancia estupefaciente aprenhedida, el comiso de los vehículos Opel Vectra, matrícula KO-....-KQ y Opel Calibra, matrícula XO-....-XN , del dinero, joyas y de los cuatro teléfonos móviles intervenidos.

CUATRO.- Con el mismo trámite, las Defensas de los acusados negaron los correlativos del Ministerio Fiscal y solicitaron la absolución de los defendidos con declaración de oficio de las costas causadas.

HECHOS PROBADOS

Por investigaciones del Grupo de estupefacientes de la Brigada de la Policía Judicial de la Comisaria de Huelva, se solicitó del Juzgado de Instrucción nº 9 de ésta Ciudad autorización judicial para la intervención del teléfono Movistar nº NUM014 , propiedad de Raquel , utilizado también por su madre, Marta

, siéndoles concedida la autorización solicitada por Auto de fecha 16 de Septiembre de 1.996. Por los datos obtenidos de tal intervención telefónica que hacían presumir fundadamente que la familia Alberto pudiera dedicarse a la actividad de tráfico de estupefacientes, la Policia Judicial solicitó la prórroga de la autorización ya concedida e interesó la intervención del teléfono nº NUM015 , propiedad de Carlos Francisco , autorización que fueron concedidas por el mismo Juzgado por sendos autos de fecha 14 de Octubre de 1.998.

Como consecuencias de las escuchas se tuvo conocimiento de la existencia de una entrega de sustancias estupefacientes el día 5 de Noviembre de 1.998, solicitando la Policia Judicial mandamiento de entrada y registro en el domicilio sito en C/ DIRECCION000 nº NUM002 de Huelva, dictándose por el Juzgado de Instrucción nº 8 de esta ciudad el correspondiente auto autorizandolo, en fecha 5 de Noviembre.

En el dispositivo de vigilancia policial inmediato anterior a la entrada y registro, se observó la llegada del vehículo Opel Calibra matrícula XO-....-XN , ocupado por Luis Francisco y Humberto que estacionó enlas proximidades del inmueble, y a continuación, la del vehículo Opel Vectra, con matrícula KO-....-KQ , conducido por Carlos Francisco , quien tras bajar del mismo se dirigió a los antes mencionados, recogió algo que en aquél momento no pudo ser identificados por el agente policial en funciones de vigilancia, y tras ello, se dirigió hacia el número NUM002 de la DIRECCION000 .

Ante la inminencia de la entrega se procedió a dar comienzo a la diligencia de entrada y registro, circunstancia que fue advertida por quienes se encontraban dentro de la casa, cerrando Alberto bruscamente la puerta lo que obligó a los policias actuantes abrirla mediante el empleo de la fuerza.

Entre tanto, uno de los agentes policiales observaba a través de una de las ventanas del inmueble como Raquel arrojaba al fuego de la chimenea dos envoltorios, mientras Carlos Francisco atizaba al fuego, pudiendo ser recuperadas por los agentes uno de ellos, de cuyo contenido se salvaron 27'8229 gramos de una sustancia que tras la oportuna analítica resultó ser cocaina, con un grado de pureza de 37'76 %, valoradas en 333.864 ptas.

En el registro se intervino también la cantidad total de 910.500 ptas, parte de la cual (553.000ptas) fue arrojado a la calle desde la ventana del inmueble por Luis Angel .

Asimismo fueron intervenidas varias joyas en diversas dependencias de la casa, que constituía el domicilio de Raquel y Luis Angel , cuya ilícita procedencia no consta.

En el interior de la vivienda se encontraban Raquel , Carlos Francisco , Luis Angel y Alberto , llegando después de iniciado el registro Marta .

En el vehículo Opel Calibra, matrícula XO-....-XN , propiedad de Luis Francisco , ocupada por éste y por Humberto , se intervinieron, además de dos teléfonos móviles, un trozo en forma de "bellota" de hachis con un peso de 8'6309 gramos, valorado en 3.452 ptas.

El vehículo Opel Vectra, matrícula KO-....-KQ , conducido por Carlos Francisco , es propiedad de María Rosa , su compañera sentimental, sin que conste que entre ambos existiera el previo concierto para el transporte de la droga.

La sustancia estupefaciente intervenida estaba destinada a su transmisión a terceras personas y el dinero ocupado era procedente de anteriores trasaciones de droga a terceros.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Las Defensas de los acusados, al inicio del juicio, al amparo del art. 793.2, plantean como cuestión previa la vulneración de determinados derechos fundamentales, cuestión que es resuelta "in voce" por la Sala en el sentido de rechazarla.

En particular se plantea por la Defensa la vulneración del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones telefónicas, del derecho a la inviolabilidad del domicilio y del derecho...

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