SAP Barcelona 758/2004, 29 de Octubre de 2004

PonenteFRANCISCO HERRANDO MILLAN
ECLIES:APB:2004:12927
Número de Recurso735/2003
Número de Resolución758/2004
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

SENTENCIA N ú m. 758

Ilmos. Sres.

D. JOAQUIN DE ORO PULIDO

D. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN

D. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de octubre de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 642/2002 seguidos por el Juzgado Primera Instancia

41 Barcelona , a instancia de D/Dª. Jesus Miguel , contra GENERAL ELECTRIC CAPITAL BANK, S.A; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 13 de junio de 2003 , por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Don Jesus Miguel , representado por el Procurador Sr. Arcas, frente a GENERAL ELECTRIC CAPITAL BANK,S.A. (a la fecha del contrato, BARCELONESA DE LEASING,S.A), REPRESENTADA por el Procurador Sr. Bastida, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento financiero suscrito entre las partes a fecha 10 de julio de 1992, con odas las consecuencias legales inherentes a dicha declaración limitadas en el presente caso a la condenada al arrendador a devolver al arrendatario el precio pagado de 733,93 euros más los intereses legales del mismo desde la demanda hasta la presente sentencia, sin 576 LEC, desestimando lo restante pedido y sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas en esta instancia.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandadamediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial .

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 8 de julio de 2004.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Promovió la parte actora las presentes actuaciones solicitando la nulidad del contrato de arrendamiento financiero de bien mueble frente a la financiera, compradora-arrendador, y con carácter subsidiario la resolución del contrato, indemnizando los daños y perjuicios sufridos. Formulada oposición , tras los trámites procesales oportunos recayó sentencia estimando parcialmente la demanda y dando lugar a la resolución contractual. Contra la sentencia de instancia se alzó la demandada, solicitando la revocación de la sentencia y desestimación de la demanda.

SEGUNDO

Se admiten los hechos y los fundamentos jurídicos en canto no colisionen colisionen con los de la presente resolución.

TERCERO

El hecho básico que une a las partes es el contrato de arrendamiento financiero, -doc. 1 folio 10 y ss de los autos - por el que la demandada adquirió un bien concreto de un proveedor, elegido por el arrendatario-actor, al que cede el uso y disfrute del bien,...

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