SAP Cádiz, 25 de Enero de 2000
Ponente | GUILLERMO BALEN VILLAVERDE |
ECLI | ES:APCA:2000:247 |
Número de Recurso | 301/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª |
SENTENCIA Núm.
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. MANUEL DE LA HERA OCA
MAGISTRADOS:
Dª. MARGARITA ALVAREZ OSSORIO
D. GUILLERMO BALEN VILLAVERDE
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. SEIS DE
CADIZ
APELACION CIVIL: MENOR CUANTIA 400/98
ROLLO 301/99
En la ciudad de Cádiz, a veinticinco de Enero de dos mil.
Visto por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia dictada en Juicio Declarativo Ordinario de Menor Cuantía, Tercería de Dominio que se registró con el Núm 400/98, seguido ante el Juzgado de 1ª Instancia número Seis de Cádiz , interpuesto por MERCEDES BENZ CREDIT, E.F.C., S.A., que ha comparecido representada por el Procurador D. Enrique García- Agulló y Orduña, bajo la dirección jurídica del Letrado D. Carlos González de Castro; en el que es parte apelada MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES (TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL), bajo la dirección jurídica del Letrado D. Miguel López Aranda. No ha comparecido el Abogado del Estado. La codemandada Dª Victoria , fue declarada en rebeldía en primera instancia y no se ha personado en esta segunda.
Por la Iltma. Sra. Magistrado- Juez de 1ª Instancia número Seis de Cádiz se dictó sentencia de fecha 10/05/1.999 , en el procedimiento de referencia, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por el Procurador Sr. García Agulló y Orduña en nombre y representación de Mercedes Benz Credit E.F.C., S.A. contra la Tesorería General de la Seguridad Social y contra Dª Victoria , debo absolver y absuelvo a referidos demandados de los pedimentos contenidos en la demanda, manteniendo la vigencia del embargo trabado por la Tesorería General de la Seguridad Socialsobre el vehículo matrícula NE-....-OQ , imponiendo a la actora las costas del proceso".
Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la parte actora, y admitido que fue en ambos efectos, elevados los autos y personadas las partes, con formación del correspondiente Rollo, evacuado el trámite de instrucción, turnado de ponencia, se señaló para el día 19 de los corrientes la vista oral preceptiva, que se celebró con la asistencia del Letrado de la parte apelante, quien solicitó la revocación de la sentencia recurrida, y el dictado de otra conforme a sus pedimentos y el Letrado de la parte apelada, quien solicitó la confirmación de la misma.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Vistos, siendo Ponente el Iltmo., Sr. Magistrado D. GUILLERMO BALEN VILLAVERDE, que previa deliberación y votación, expresa el parecer de la Sala.
El objeto del presente recurso no es otro que el de precisar la calificación jurídica del contrato de arrendamiento financiero celebrado el 28/12/1.994 entre...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba