ATS, 23 de Junio de 2014

PonenteMARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
ECLIES:TS:2014:5400A
Número de Recurso321/2013
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Junio de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintitrés de junio de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 20 de mayo de 2014 se dictó providencia en el presente recurso contencioso administrativo acordando declarar por terminado y concluso el periodo de práctica de prueba concedido en este recurso, uniéndose las practicadas y dándose traslado al actor por plazo de diez días para presentar escrito de conclusiones.

SEGUNDO

Contra la citada providencia y por el Procurador de los Tribunales D. Eduardo Codes Feijoo en nombre y representación del "Consorcio de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas <>", con fecha de registro de entrada en este Tribunal Supremo de 30 de mayo de 2014, se presenta escrito interponiendo recurso de reposición contra la mencionada providencia solicitando se dicte resolución a fin de que se considere el requerimiento al Ayuntamiento de Lora del Río para que complete la prueba documental tercera, con suspensión del plazo conferido para la formulación de conclusiones hasta que sea remitido dicho informe.

Dado traslado a la parte recurrida, por el Abogado del Estado es presentado escrito manifestando que no se opone a que se reitere la petición de ese informe al Ayuntamiento de Lora del Río.

Siendo Ponente la Excma. Sra. Dª. Maria del Pilar Teso Gamella

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO .- La reposición interpuesta ha de ser estimada, toda vez que no se ha practicado de forma completa una prueba admitida por la Sala.

Así es, la prueba propuesta como documental tercera no ha sido practicada respecto del Ayuntamiento de Lora del Río, por lo que procede llevar a efecto su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la LJCA .

LA SALA ACUERDA:

Estimar el recurso de reposición interpuesto por la representación procesal del "Consorcio de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas «Plan Écija»" contra la providencia de 20 de mayo de 2014. Debiendo librarse el oportuno oficio de cumplimiento al Ayuntamiento de Lora del Río para la práctica de la prueba propuesta como documental tercera.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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