ATS, 24 de Junio de 2014

PonenteIGNACIO SANCHO GARGALLO
ECLIES:TS:2014:5348A
Número de Recurso1918/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución24 de Junio de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Junio de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de la mercantil METROTÉCNICA SERVICIOS Y EQUIPOS DE METROLOGÍA DIMENSIONAL, SL, con fecha 30 de julio de 2013 se han interpuesto recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, en fecha 25 de junio de 2013, por la Audiencia Provincial de Gerona (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 202/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario 202/2011 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Gerona.

  2. - Por diligencia de ordenación de fecha 2 de septiembre de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la Procuradora doña Andrea de Dorremochea Guiot, en nombre y representación de la mercantil TRANSPORTES GALLASTEGUI, SL, presentó escrito ante esta Sala con fecha 6 de septiembre de 2013, personándose en calidad de parte recurrida. El Procurador don Norberto Pablo Jerez Fernández, en nombre y representación de la mercantil METROTÉCNICA SERVICIOS Y EQUIPOS DE METROLOGÍA DIMENSIONAL, SL, presentó escrito ante esta Sala con fecha 11 de septiembre de 2013, personándose en calidad de parte recurrente. La Procuradora doña Sra doña María Esther Centoira Parrondo, en nombre y representación de la mercantil TRANSEMPORDA, SL presentó escrito ante esta Sala con fecha 1 de octubre de 2013, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la mercantil METROTÉCNICA SERVICIOS Y EQUIPOS DE METROLOGÍA DIMENSIONAL , SL, al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en los arts. 477.2 , 3 º, y art 469 LEC y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de la mercantil METROTÉCNICA SERVICIOS Y EQUIPOS DE METROLOGÍA DIMENSIONAL, SL, contra la sentencia dictada, en fecha 25 de junio de 2013, por la Audiencia Provincial de Gerona (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 202/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario 202/2011 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Gerona.

  2. ) Y, de conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguese copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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