STSJ Murcia 338/2014, 15 de Mayo de 2014

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2014:1152
Número de Recurso23/2010
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución338/2014
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MURCIA SALA 2 CON/ADMURCIA SENTENCIA: 00338/2014

RECURSO nº 23/10

SENTENCIA nº 338/14

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA

SECCIÓN SEGUNDA

compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Domenech

Presidente

D.ª Leonor Alonso Díaz Marta

D. Mariano Espinosa de Rueda Jover

Magistrados

ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 338/14

En Murcia a quince de mayo de dos mil catorce.

En el recurso contencioso administrativo nº 23/10 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía 262,77 Euros y referido a: Revisión catastral.

Parte demandante: D. Amador, representado por el Procurador D. Justo Páez Navarro y defendido por el Letrado D. José Miguel Belchí Navarro.

Parte demandada: La ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (Gerencia Regional del Catastro) representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado Resolución del Tribunal Económico Regional de Murcia de 30 de agosto de 2007, que desestima la reclamación económico administrativa nº NUM000 planteada contra la resolución del Gerente Regional del Catastro (Murcia) de 27 de abril de 2006, que estimaba en parte el recurso de reposición interpuesto por el recurrente contra el acuerdo dictado por la Gerencia del Catastro de 12 de diciembre de 2003, con motivo de la resolución del expediente NUM001, alegando error de titularidad y superficie, de manera que se modificaba la titularidad conforme al anexo que adjuntaba a la resolución y se desestimaba la corrección de la superficie.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia por la que estimando el recurso contencioso administrativo, contra las siguientes resoluciones: Acto administrativo expreso de 12 de diciembre 2003, de la Gerencia Regional del Catastro (Delegación de Economía Hacienda en Murcia) expediente administrativo nº NUM002 .

Resolución emitida por la Gerencia Regional del Catastro de 27 abril 2006, en resolución de recurso de reposición, en el expediente administrativo nº NUM002 .

Resoluciones emitidas por el Tribunal Económico Administrativo Regional de la Región de Murcia, de fecha 30 de agosto de 2007 y 16 de noviembre de 2009, nº de reclamación NUM000 .

Proceda a decretar la nulidad o anule las mismas, y a dejar sin efecto todo lo actuado co posterioridad, procediendo a dejar sin efecto la alteración de la superficie de la parcela NUM003, y que redujo la extensión a 0,1932 Ha esto es, 1939 m2, y en su lugar, reconozca la verdadera dimensión de la parcela catastral ajustada a la dimensión que tenía antes de la revisión catastral, y los linderos conforme estaban antes de la precitada revisión catastral. Reconociéndose expresamente que la parcela catastral, mide conforme a las escrituras de propiedad consignadas en el hecho segundo de la demanda y medición real de la fincas de mi representado, esto es, en la superficie de 2.500 m2 de parcela, y los linderos conforme la realidad de la finca, según estaban antes de la revisión catastral efectuada por la Administración (conforme plano catastral aportado como documento nº 4 anterior a la revisión catastral).

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 14 de

enero de 2010 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante

formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida solicitando el recibimiento del juicio a prueba.

TERCERO

Se acordó el recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Se acordó trámite de conclusiones, y evacuado y se señaló para la votación y fallo el día 30 de abril de 2014.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El Catastro realizó una revisión de la parcela catastral NUM003, sita en zona 0, Polígono

NUM004, parcela NUM005, PARAJE000, Municipio de Murcia, produciendo una alteración de superficie, y reduciendo la extensión a 0,1932 Ha, esto es, 1939 m2, valorándose en 262,77 Euros.

La parte actora sostiene que la parcela catastral NUM005 está conformada por dos fincas registrales: la nº NUM006 y la NUM007, la primera con 16 áreas y la segunda con 9 áreas, en total 25 áreas, equivalente a 2.500 m2, superior a los 1.942 m2 que refiere el Catastro y las fincas se hallan encuadradas dentro del perímetro catastral como si fuera una sola parcela (la NUM005 ), perteneciendo al mismo propietario. Las fincas unidas se hallan delimitadas por una valla metálica, dentro del cual existe un aljibe y un camino que el propietario realizó en su día. Pero la revisión catastral omite la realidad física y registral, procediendo a cercenar las fincas, estableciendo linderos más hacia el interior de la valla, hasta el límite exterior del...

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