ATS, 10 de Junio de 2014
Ponente | SEBASTIAN SASTRE PAPIOL |
ECLI | ES:TS:2014:5076A |
Número de Recurso | 2211/2013 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 10 de Junio de 2014 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a diez de Junio de dos mil catorce.
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- La representación procesal de GLOBAL PRAXIS GROUP S.A. presentó escrito de interposición del recurso de casación el 20 de setiembre de 2013 contra la sentencia dictada, con fecha por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15.ª), en el rollo de apelación nº 533/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 160/2008 del Juzgado de lo mercantil n.º 6 de Barcelona
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- Mediante diligencia de 25 de septiembre de 2013, se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo con emplazamiento a las partes por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a las partes.
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- La procuradora D.ª Consuelo Rodríguez Chacón en nombre y representación de European Co-Investement Partners LLP y D. Federico presentó escrito ante esta Sala de fecha 8 de octubre de 2013 personándose en concepto de recurrida. El procurador D. José Luis Pinto-Marabotto Ruiz en nombre y representación de GLOBAL PRAXIS GROUP S.A. presentó escrito de fecha 4 de noviembre enero de 2013 , personándose en concepto de recurrente.
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de GLOBAL PRAXIS GROUP S.A. al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, 2º LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN formalizado por la representación procesal de GLOBAL PRAXIS GROUP S.A. contra la sentencia dictada, con fecha por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15.ª), en el rollo de apelación nº 533/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 160/2008 del Juzgado de lo mercantil n.º 6 de Barcelona
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) Entréguese copias del escrito de interposición del recurso formalizado por la representación procesal de la parte recurrente con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.