ATS, 3 de Junio de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:4720A
Número de Recurso300/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 3 de Junio de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a tres de Junio de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de PLURAL ENTERTAINMENT ESPAÑA S.L.U. y Dª Mariana , con fecha 23 de diciembre de 2013 se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 13 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 347/12 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2050/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Marbella.

    Por la representación procesal de ANTENA 3 DE TELEVISIÓN S.A., con fecha 23 de diciembre de 2013 se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 13 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 347/12 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2050/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Marbella.

  2. - Por Diligencia de ordenación de fecha 28 de enero de 2014 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el procurador D. Manuel Lanchares Perlado, en nombre y representación de "ATRESMEDIA CORPORACIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN S.A.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 31 de enero de 2014, personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Dª Raquel Cardeñosa Cuesta, en nombre y representación de "PLURAL ENTERTAINMENT ESPAÑA S.L.U.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 6 de febrero de 2014 personándose en calidad de parte recurrente. El procurador D. Marcos Juan Calleja García, en nombre y representación de Dª Mariana , presentó escrito ante esta Sala con fecha 17 de febrero de 2014, personándose en calidad de parte recurrente. El procurador D. Felipe de Juanas Blanco, en nombre y representación de D. Marco Antonio , presentó escrito ante esta Sala con fecha 14 de marzo de 2014 personándose en calidad de parte recurrida. Es interviniente el Ministerio Fiscal.

  4. - Por las partes recurrentes se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de PLURAL ENTERTAINMENT ESPAÑA S.L.U. y Dª Mariana , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

    Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de ANTENA 3 DE TELEVISIÓN S.A., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 de la LEC , entréguense copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de PLURAL ENTERTAINMENT ESPAÑA S.L.U. y Dª Mariana contra la Sentencia dictada, en fecha 13 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 347/12 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2050/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Marbella.

    ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de ANTENA 3 DE TELEVISIÓN S.A. contra la Sentencia dictada, en fecha 13 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 347/12 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2050/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Marbella.

  2. ) Y entréguense copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría; transcurrido dicho plazo, y a los mismos fines, dese traslado al MINISTERIO FISCAL.

    De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

    Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR