SAP Vizcaya 285/2013, 20 de Mayo de 2013
Ponente | MARIA DE LOS REYES CASTRESANA GARCIA |
ECLI | ES:APBI:2013:2547 |
Número de Recurso | 167/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 285/2013 |
Fecha de Resolución | 20 de Mayo de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA
BIZKAIAKO PROBINTZIA AUZITEGIA
Sección / Sekzioa: 4ª/4.
BARROETA ALDAMAR 10-3ªplanta - C.P./PK: 48001
Tel.: 94-4016665
Fax / Faxa: 94-4016992
N.I.G. / IZO : 48.04.2-12/011894
A.divor.conte.L2 / E_A.divor.conte.L2 167/2013
O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Jdo.1ª Inst. nº 6 Familia (Bilbao) / Lehen Auzialdiko 6 zk.ko Epaitegia. Familia (Bilbo)
Autos de Divorcio contencioso LEC 2000 365/2012 (e)ko autoak
Recurrente / Errekurtsogilea: Ildefonso
Procurador/a/ Prokuradorea:CARMEN MIRAL ORONOZ
Abogado/a / Abokatua: AGAPITO PASTOR FERNANDEZ-CUESTA
Recurrido/a / Errekurritua: Rafaela
Procurador/a / Prokuradorea: ALFONSO JOSE BARTAU ROJAS
Abogado/a/ Abokatua: ISABEL SANCHEZ DUQUE
S E N T E N C I A Nº 285/2013
ILMOS. SRES.
D. IGNACIO OLASO AZPIROZ
Dña. LOURDES ARRANZ FREIJO
Dña. REYES CASTRESANA GARCÍA
En BILBAO (BIZKAIA), a veinte de mayo de dos mil trece.
La Sección 4ª de la Audiencia Provincial de BIZKAIA, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Divorcio contencioso LEC 2000 365/2012, seguidos en el Jdo.1ª Inst. nº 6 Familia (Bilbao) a instancia de D. Ildefonso apelante -demandante, representado por la Procuradora Sra. CARMEN MIRAL ORONOZ y defendido por el Letrado Sr. AGAPITO PASTOR FERNÁNDEZ-CUESTA contra Dña. Rafaela apelada - demandada, representada por el Procurador Sr. ALFONSO JOSÉ BARTAU ROJAS y defendido por la Letrada Sra. ISABEL SANCHEZ DUQUE; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 13 de diciembre de 2012 aclarada por auto de fecha 28 de diciembre de 2012 . Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.
La Sentencia de instancia de fecha 12 de diciembre de 2012 es del tenor literal siguiente:
FALLO:
Estimando parcialmente la demanda que fue interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Carmen Miral en nombre y representación de don Ildefonso, debo declarar y declaro la disolución legal por causa de divorcio del matrimonio formado por don Ildefonso y doña Blanca Esther Lamberto Zapata.
Se atribuye el uso del domicilio y ajuar familiares situado en la CALLE000 nº NUM000 de Basauri a doña Rafaela hasta que se resuelva por sentencia firme o se ponga de otro modo fin al procedimiento que se sigue como consecuencia de la demanda que el Procurador don Alfonso Bartau, en nombre y representación de doña Rafaela presentó el día 2 de julio de 2012 ante el Juzgado Decano de Bilbao sobre rescisión por lesión contra don Ildefonso .
Todo ello sin expresa condena a ninguna de las partes.
Notifíquese la presente sentencia a las partes.
Firme que sea esta sentencia o, en caso de impugnación de sólo las medidas, alcanzada firmeza por el exclusivo pronunciamiento sobre divorcio, comuníquese al Registro Civil en el que conste inscrito el matrimonio con el objeto de que sea practicada la oportuna inscripción marginal.
Sentencia aclarada por auto de fecha 28 de diciembre de 2012 cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente:
"SE ACUERDA completar la Sentencia dictada en el presente procedimiento con fecha 13 de diciembre de 2012 en el sentido que se indica:
Se establece un plazo de cinco días naturales a contar desde la notificación de este auto para que don Ildefonso abandone el domicilio familiar y retire del mismo sus enseres personales.
Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos principales."
Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación del demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 167/13 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.
Hecho el oportuno señalamiento, quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para votación y fallo.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada Dña. REYES CASTRESANA GARCÍA.
Contra la sentencia de primera instancia que decreta el divorcio del matrimonio formado por D. Ildefonso y Dña. Rafaela, que atribuye el uso del domicilio y ajuar familiar situado en CALLE000 nº NUM000 de Basauri a la Sra. Rafaela hasta que se resuelva por sentencia firme o se ponga de otro modo fin al procedimiento que se sigue como consecuencia de la demanda que presentó el 2 de julio de 2012 contra el Sr. Ildefonso sobre rescisión por lesión de la liquidación de la sociedad conyugal de 14 de octubre de 2.011, por la que se adjudicó la citada vivienda al Sr. Ildefonso, siendo que por escritura de 5 de marzo de 2.012 le donó la nuda propiedad a su hija Dña. Josefa con reserva del usufructo, que ha dado lugar al procedimiento ordinario nº 785/12 del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de los de Bilbao, en base a considerar que la Sra. Rafaela tiene un interés más necesitado de protección, atendiendo a la capacidad económica de ambos litigantes, se ha interpuesto recurso de apelación por D. Ildefonso . Funda su recurso en error en la apreciación de la prueba en...
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