SAP Vizcaya 31/2013, 17 de Enero de 2013

PonenteANA BELEN IRACHETA UNDAGOITIA
ECLIES:APBI:2013:2218
Número de Recurso1010/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución31/2013
Fecha de Resolución17 de Enero de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

BIZKAIAKO PROBINTZIA AUZITEGIA

Sección / Sekzioa: 4ª/4.

BARROETA ALDAMAR 10-3ªplanta - C.P./PK: 48001

Tel.: 94-4016665

Fax / Faxa: 94-4016992

N.I.G. / IZO : 48.04.2-09/040500

A.p.ordinario L2 / E_A.p.ordinario L2 1010/2011 - R

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Jdo. 1ª Instancia nº 8 (Bilbao) / Lehen Auzialdiko 8 zk.ko Epaitegia (Bilbo)

Autos de Procedimiento ordinario LEC 2000 8/2010 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: ASEMAS, Obdulio, Secundino, IMBIZ S.L., KATSURA ARQUITECTURA Y DISEÑO SL y MUSAAT

Procurador/a/ Prokuradorea:PAULA BASTERRECHE ARCOCHA, PAULA BASTERRECHE ARCOCHA, ANA VIDARTE FERNANDEZ, PATRICIA CALDERON PLAZA, PAULA BASTERRECHE ARCOCHA y ANA VIDARTE FERNANDEZ

Abogado/a / Abokatua: CESAR LOPEZ LOPEZ, CESAR LOPEZ LOPEZ, JOSE ANTONIO LOIDI ALCARAZ, OSCAR JULIO CALDERON PLAZA, CESAR LOPEZ LOPEZ y JOSE ANTONIO LOIDI ALCARAZ

Recurrido/a / Errekurritua: ASEFA S A, AXA SEGUROS, Jesús Luis, Ambrosio y Candido

Procurador/a / Prokuradorea: PEDRO CARNICERO SANTIAGO, GONZALO AROSTEGUI GOMEZ, ICIAR OTALORA ARIÑO, ICIAR OTALORA ARIÑO y ICIAR OTALORA ARIÑO

Abogado/a/ Abokatua: JESUS GONZALEZ RIVEIRO, JOSE MANUEL MARTINEZ DE BEDOYA NAVARRO, IGNACIO RENOBALES BARBIER, IGNACIO RENOBALES BARBIER y IGNACIO RENOBALES BARBIER

S E N T E N C I A Nº 31/2013

ILMOS. SRES.

Dña. ANA BELÉN IRACHETA UNDAGOITIA

D. IGNACIO OLASO AZPIROZ

Dña. LOURDES ARRANZ FREIJO

En BILBAO (BIZKAIA), a diecisiete de enero de dos mil trece. La Sección 4ª de la Audiencia Provincial de BIZKAIA, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Procedimiento ordinario LEC 2000 8/2010, seguidos en el Jdo. 1ª Instancia nº 8 de Bilbao, a instancia de ASEMAS, D. Obdulio y KATSURA ARQUITECTURA Y DISEÑO SL, apelantes-demandados, representados por la Procuradora Sra. Basterreche Arcocha y dirigidos por el letrado Sr. César López, D. Secundino y MUSAAT IMBIZ S.L., apelantes-demandados, representados por la Procuradora Sra. Vidarte y dirigidos por el letrado Sr. J.A. Loidi Alcaraz, e IMBIZ S.L., apelante-demandado, representado por la Procuradora Sra. Patricia Calderón y dirigido por el letrado Sr. Oscar Calderón, contra ASEFA S A, apelada-demandada, que impugna la sentencia, representada por el Procurador Sr. Carnicero Santiago y dirigida por el Letrado Sr. Jesús González Riveiro, AXA SEGUROS, apelada-demandada, representada por el Procurador Sr. Aróstegui y dirigida por el Letrado Sr. Martínez de Bedoya, y D. Jesús Luis, D. Ambrosio y D. Candido, apelados - demandantes, que se opone al recurso e impugnan la sentencia, representados por la Procuradora Sra. Otalora Ariño y defendidos por el letrado Sr. Renobales Barbier, y CONSTRUCCIONES SOULDER S.L .. demandado, rebelde en primera instancia; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra SENTENCIA y AUTO QUE LA ACLARA dictados por el mencionado Juzgado, de fecha 1 y 17 de junio de 2011, respectivamente.

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 1 de junio de 2011 es del tenor literal siguiente:

FALLO

Estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Calderón Plaza en nombre y representación de Imbiz S.L. contra Katsura Arquitectura y Diseño S.L., D. Obdulio, Asemas Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, D. Secundino, Musaat, Construcciones Solduero S.L. y Axa Seguros S.A.:

- Condeno a D. Secundino y a Musaat a abonar solidariamente a la demandante la cantidad de

13.663,67 euros, condenando a la expresada Aseguradora a abonar un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en un 50% desde el 30 de noviembre de 2.007 hasta el 30 de noviembre de 2.009 y desde el 1 de diciembre de 2.009 un interés anual del 20%.

- Condeno a D. Secundino, D. Obdulio, Katsura Arquitectura y Diseño S.L., Musaat y Asemas Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija a abonar solidariamente a la demandante la cantidad de 13.663,67 euros, condenando a las expresadas Aseguradoras a abonar un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en un 50% desde el 30 de noviembre de 2.007 hasta el 30 de noviembre de 2.009 y desde el 1 de diciembre de 2.009 un interés anual del 20%.

- Condeno a D. Obdulio, Katsura Arquitectura y Diseño S.L. y Asemas Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija a abonar solidariamente a la demandante la cantidad de 54.654,67 euros, condenando a la expresada Aseguradora a abonar un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en un 50% desde el 30 de noviembre de 2.007 hasta el 30 de noviembre de 2.009 y desde el 1 de diciembre de 2.009 un interés anual del 20%.

- Absuelvo a Construcciones Solduero S.L. y a Axa Seguros S.A. de todos los pedimentos contenidos en la demanda.

- Condeno a Imbiz S.L. al pago de las costas causadas a Construcciones Solduero S.L. y a Axa Seguros S.A., sin pronunciamiento en cuanto al resto.

Estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Dña. Itziar Otalora Ariño en nombre y representación de D. Candido, D. Jesús Luis y D. Ambrosio contra Imbiz S.L., Asefa S.A. de Seguros y Reaseguros, Musaat, Asemas Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija y Axa Seguros S.A.:

- Condeno a Imbiz S.L. a abonar a los demandantes la cantidad de 4.549,45 euros más un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución.

- Condeno a Imbiz S.L. y a Asefa S.A. de Seguros y Reaseguros a abonar solidariamente a los demandantes la cantidad de 18.197,80 euros, condenando a la referida Aseguradora a abonar un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en un 50% desde el 27 de marzo de 2.007 hasta el 27 de marzo de 2.009 y a partir del 28 de marzo de 2.009 un interés anual del 20%. - Condeno a Musaat a abonar a los demandantes la cantidad de 5.686,81 euros más un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en un 50% desde el 27 de marzo de 2.007 hasta el 27 de marzo de 2.009 y a partir del 28 de marzo de 2.009 un interés anual del 20%.

- Condeno a Musaat y a Asemas Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija a abonar solidariamente a los demandantes la cantidad de 5.686,81 euros más un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en un 50% desde el 27 de marzo de 2.007 hasta el 27 de marzo de 2.009 y a partir del 28 de marzo de 2.009 un interés anual del 20%.

- Condeno a Asemas Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija a abonar a los demandantes la cantidad de 22.747,25 euros más un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en un 50% desde el 27 de marzo de 2.007 hasta el 27 de marzo de 2.009 y a partir del 28 de marzo de 2.009 un interés anual del 20%.

- Absuelvo a Axa Seguros S.A. de todos los pedimentos contenidos en la demanda.

- Condeno a los demandantes al pago de las costas causadas a Construcciones Solduero S.L, sin pronunciamiento en cuanto al resto.

El auto de instancia, de fecha 17 de junio de 2011, que aclara la sentencia dictada, es de tenor literal siguiente:

"PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Rectificar el error material manifiesto que solicita el Procurador D. Gonzalo Aróstegui Gómez en nombre y representación de Axa Seguros S.A., contenido en el último párrafo del Fallo de la sentencia dictada en los presentes autos el 1 de junio de 2.011 en el sentido de que donde dice: "Condeno a los demandantes al pago de las costas causadas a Construcciones Solduero S.L., sin pronunciamiento en cuanto al resto", debe decir: "Condeno a los demandantes al pago de las costas causadas a Axa Seguros S.A., sin pronunciamiento en cuanto al resto" ."

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la parte demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 1010/11 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada D.ª ANA BELÉN IRACHETA UNDAGOITIA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La mercantil Imbiz SL formuló demanda contra Katsura Arquitectura y Diseño SL (D. Obdulio, arquitecto) y Asemas, D. Secundino, aparejador, Musaat., Construcciones Solduero SL, constructora, y Axa y frente Asemas, Musaat y Axa, aseguradoras de los agentes de la construcción referidos, con base en los artículos 1091 y 1902 CC, en la que se postula la condena a las demandadas a que le abonen de forma conjunta y solidaria el abono de 267.488,95 euros, que corresponde al coste de la reparación del muro de la finca distinguida con el número NUM000 de la c/ DIRECCION000 de Balmaseda, colindante con el edificio en cuya construcción participaron actora y demandados y que cayó durante la ejecución de la obras de éste, así como otros gastos relacionados con el derrumbe y reconstrucción del muro a los que hizo frente la actora, con los intereses del art. 1108 CC desde la fecha de interposición de la demanda y los contemplados en el art. 20 LCS para las entidades aseguradoras, a la que se opusieron los demandados.

Por su parte, D. Candido, D. Jesús Luis y D. Ambrosio, dueños de la finca ubicada en el número NUM000 de la c/ DIRECCION000 de Balmaseda, formularon demanda contra Imbiz SA y contra Asefa, aseguradora de la promotora,...

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