SAP Madrid 473/2014, 28 de Marzo de 2014

PonenteMARIA JESUS CORONADO BUITRAGO
ECLIES:APM:2014:5834
Número de Recurso11/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución473/2014
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

Sección nº 17 de la Audiencia Provincial de Madrid

Domicilio: C/ Santiago de Compostela, 96 - 28071

Teléfono: 914934442/43/30,914933800

Fax: 914934563

IP 914934430

37051540

N.I.G.: 28.079.00.1-2014/0000909

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

ROLLO DE APELACION RAA Nº 11/2014

PROCEDIMIENTO ABREVIADO 391/2012

JUZGADO DE LO PENAL Nº 18 MADRID

MAGISTRADOS ILUSTRISIMOS SEÑORES:

Doña Carmen Lamela Díaz

Don José Luis Sánchez Trujillano

Dña. María Jesús Coronado Buitrago

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa al margen de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 473/2014

En la Villa de Madrid, a veintiocho de marzo de dos mil catorce.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, formada por los Ilustrísimos Señores Magistrados doña Carmen Lamela Díaz, don José Luis Sánchez Trujillano y doña María Jesús Coronado Buitrago ha visto el recurso de apelación interpuesto por el procurador de los Tribunales don Roberto Alonso Verdú, en nombre y representación de Arsenio y Eugenio contra la sentencia dictada con fecha 28 de marzo de dos mil catorce en procedimiento abreviado

391/2012 por el Juzgado de lo Penal 18 de los de Madrid; intervino como parte apelada el Ministerio Fiscal y la Procuradora doña María Dolores Maroto Gómez en nombre y representación de don Nemesio, don Jose Carlos y don Alejandro y por la Procuradora doña María Eugenia Fernández-Rico Fernández en nombre y representación de Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se formó el correspondiente rollo de apelación, no estimándose precisa la celebración de vista señalándose el día de hoy para deliberación, votación y resolución del presente recurso de apelación.

La Ilustrísima Sra. Magistrada doña María Jesús Coronado Buitrago actúa como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 23 de octubre de 2013, se dictó sentencia en procedimiento abreviado 391/2012, del Juzgado de lo Penal nº 18 de los de Madrid .

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:

"Con fecha 21 de abril de 2009, en el interior de los almacenes del centro de trabajo de la empresa EUROPEAN HOME SHOPPING sito en la carretera de Villaverde a Vallecas 265 Edificio Hormigueras de la localidad Madrid, en uno de los pasillos de acceso a las estanterías del almacén, el trabajador Esteban, utilizando una escalera de mano, subió a una de las estanterías, a una altura de unos tres metros aproximadamente, cogió una caja de diez kilómetros, y al tropezar con un palé cercano al saliente de la estantería, perdió el equilibrio y cayó al suelo, al no existir ningún tipo de protección de borde contra caídas, ni utilizar el trabajador ningún sistema de protección individual anticaidas.

Como consecuencia de estos hechos, Esteban sufrió una fractura de codo y de pelvis, por lo que fue trasladado al Hospital Gregorio Marañón, donde fue atendido, y una vez diagnosticadas las lesiones sufridas por el mismo, le remitieron al Hospital de la Fraternidad, donde permaneció ingresado durante catorce días, sin que se le administrara un tratamiento preventivo para evitar el posterior tromboembolismo pulmonar que sufrió y que provocó el fallecimiento del trabajador accidentado con fecha 4 de mayo de 2009.

No queda acreditado que el fallecimiento derivara directamente de las lesiones causadas al trabajador como consecuencia de la caída sufrida el día 21 de abril de 2009.

No ha quedado acreditado que los acusados Arsenio, en su calidad de administrador de la empresa European Home Shopping, S.L., ni Eugenio, encargado de seguridad de la citada empresa, adoptaran las medidas de precaución y seguridad necesarias para evitar la manipulación de mercancía en el pasillo donde se produjo el grave accidente.

Asimismo no ha quedado probado que el trabajador accidentado recibiera los cursos de formación necesarios para el trabajo que realizaba.

Los hermanos del trabajador posteriormente fallecido reclaman las acciones civiles y penales correspondientes.

La mercantil European Home Shopping tenía concertada una póliza de seguros con la compañía "Allianz", póliza que no cubría la responsabilidad patronal. "

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

"Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Eugenio, como autor criminalmente responsable de un delito CONTRA EL DERECHO DE LOS TRABAJADORES del artículo 316 del Código Penal, en concurso ideal del artículo 77.3 con un delito de LESIONES IMPRUDENTES DEL ART. 152.1 Y del C.P . con la concurrencia de la atenuante de reparación del daño del artículo 21.5º del C.P, a las siguientes penas: A) por el delito contra la seguridad de los trabajadores, SEIS MESES de PRISION e INHABILITACION ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUGRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, y la pena de SEIS MESES de MULTA a razón de una cuota diaria de 10 euros, previniéndole que, en caso de impago de la misma, quedara sujeto a la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53.1 del C.P . así como inhabilitación especial del derecho a ejercer el cargo de su profesión como coordinador de logística del almacén durante el tiempo de la condena.

  1. y por el delito de lesiones imprudentes, a la pena de 3 MESES Y UN DIA DE PRISION e INHABILTACION ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA.

    Que debo CONDENA Y CONDENO a Arsenio, como autor criminalmente responsable de un delito CONTRA EL DERECHO DE LOS TRABAJADORES del artículo 316 del Código Penal, en concurso ideal del artículo 77.3 con un delito de LESIONES IMPRUDENTES DEL ART. 152.1 º Y 3º del C.P . con la concurrencia de la atenuante de reparación del daño del artículo 21.5º del C.P . a las siguientes penas: A) por el delito contra la seguridad de los trabajadores, SEIS MESES de PRISION e INHABILITACION ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, y la pena de SEIS MESES de MULTA a razón de una cuota diaria de 10 euros, previniéndole que en caso de impago de la misma quedara sujeto a la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53.1 del C.P . así como la inhabilitación especial del derecho a ejercer el cargo de su profesión como administrador, durante el tiempo de la condena.

  2. y por el delito de lesiones imprudentes, a la pena de 3 MESES Y UN DIA DE PRISON e INHABILITACION ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA.

    Igualmente, están condenados al pago de las costas procesales.

    Asimismo se condena a los acusados Eugenio y a Arsenio, junto con EUROPEAN HOME SHOPPING como responsable civil subsidiaria a indemnizar a los familiares, hermanos del trabajador fallecido, Nemesio

    , Jose Carlos, Alejandro y Samuel, en las cantidades que se determine en ejecución de sentencia, por las lesiones y secuelas que sufrió Esteban como consecuencia de la caída sufrida por el mismo el día 21 de abril de 2009, debiendo realizarse un nuevo informe médico forense.

    Dicha cantidad devengará el interés previsto en el 576 de la LEC desde la fecha de esta sentencia.

    No procede declarar la responsabilidad civil directa de la compañía aseguradora ALLIANZ ."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por el Procurador don Roberto Alonso Verdú en nombre y representación procesal de don Arsenio y don Eugenio .

TERCERO

Se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que pudieran formular sus alegaciones. Remitidas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la celebración de vista, quedando pendiente el procedimiento de resolución en esta segunda instancia.

HECHOS PROBADOS

Se asumen y tienen por reproducidos los fijados como tales en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Plantea recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid de fecha 23 de octubre de 2013 que condenaba a Eugenio y a Arsenio, concurriendo la atenuante de reparación del daño, como autores de un delito contra la seguridad de los trabajadores en concurso ideal con un delito de lesiones imprudentes, y declaraba la responsabilidad civil subsidiaria de European Home Shopping, debiendo indemnizar a los perjudicados en las cantidades que se determinarían en ejecución de sentencia, sin declaración de responsabilidad civil directa de la Compañía Aseguradora Allianz, la representación procesal de los acusados actuado el segundo de ellos en su doble condición de persona física y como representante legal de la entidad civilmente condenada.

Se fundamenta el recurso en la infracción del principio de la presunción de inocencia e in dubio pro reo en relación a la indebida aplicación del delito previsto y penado en los artículos 316 del Código Penal en relación a lo dispuesto en el artículo 152.1,1 y 2 del mismo cuerpo legal .

Y en la infracción de Ley por incorrecta aplicación de lo previsto en el articulo 66 en relación con el articulo 21.5ª del Código Penal . Y por inaplicación de los artículos 117 del Código Penal y articulo 76 de la Ley de Contrato de Seguro .

Se suplica en el escrito de recurso su estimación y así la absolución de los acusados y de la entidad European Home Shopping como responsable civil subsidiaria, y de no ser así, que en todo caso se declarase la responsabilidad civil directa de la aseguradora Allianz.

SEGUNDO

Para sustentar el primero de los motivos de recurso se plantean diferentes cuestiones. Y así que no se habría practicado en la vista oral prueba de cargo bastante para considerar probado que: A) Las medidas de protección y seguridad cuya existencia se demanda en la sentencia fueran necesarias. B) Que aquellas en cualquier caso hubieran tenido que ser...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR